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Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 15 de noviembre del 2011 del anuncio de anuncio de escisión en la empresa , inscrito en el Registro Mercantil el día 03 de noviembre del 2011 con los datos de inscripción Diario: 216 Sección: C Pág: 37662 - 37662.


Anuncio de escisión

Anuncio de Acuerdo de Escisión total.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43, por remisión de los artículos 73 y siguientes, y concordantes de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que, con fecha de 3 de noviembre de 2011, el accionista único de la compañía "Eduard Seguí, Sociedad Anónima, unipersonal", ejerciendo las competencias de la junta general, ha decidido la escisión total de "Eduard Seguí, Sociedad Anónima, unipersonal" mediante la división de su patrimonio en tres partes, para su traspaso en bloque a la sociedad, preexistente, "Inse Tàrrega, Sociedad Limitada, unipersonal", así como a favor de dos sociedades de responsabilidad limitada de nueva creación, denominadas "Eduard Seguí Ferretería, Sociedad Limitada" y "Eduard Seguí Fontanería, Sociedad Limitada", que se constituirán simultáneamente y como consecuencia de la escisión, todo ello previa disolución sin liquidación de la sociedad objeto de escisión total, y con arreglo a los términos del Proyecto de Escisión Total, depositado el día 28 de octubre de 2011 en el Registro Mercantil de Lleida.

Asimismo, el socio único de la compañía "Inse Tàrrega, Sociedad Limitada, unipersonal", ejerciendo las competencias de la junta general, ha decidido, en fecha de 3 de noviembre de 2011, la recepción y adquisición de la parte del patrimonio de la sociedad escindida "Eduard Seguí, Sociedad Anónima, unipersonal" que le corresponde como consecuencia de la escisión total de la misma, en los términos recogidos en el referido Proyecto de Escisión Total

Se hace constar el derecho que asiste a los accionistas, socios y acreedores de las sociedades intervinientes en la escisión total, a obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas, así como los correspondientes balances de escisión, que fueron aprobados en la misma fecha. Del mismo modo, se hace constar el derecho de los acreedores que se encuentren en el supuesto del artículo 44 y concordantes de la Ley 3/2009, de 3 de abril, a oponerse a la escisión, en los términos y con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de escisión.

Tàrrega, 3 de noviembre de 2011.- Doña Montserrat Seguí Altisent, Secretario del Consejo de Administración.

Boletín Oficial del Registro Mercantil 
Fecha inscripción: 03/11/2011 Diario: 216 Sección: C Pág: 37662 - 37662 

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