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Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 27 de enero del 2026 del anuncio de modificaciones estatutarias en la empresa INNUSUAL TECH SERVICES SL, inscrito en el Registro Mercantil el día 20 de enero del 2026 con los datos de inscripción S 8, H VA 33306, I/A 6.


Modificaciones estatutarias

INNUSUAL TECH SERVICES SL

ARTICULO 7: La transmisión voluntaria de participaciones por actos inter-vivos, sean a título oneroso o gratuito, no es libre, ni entre los socios, ni las realizadas a favor de ningún tercero, incluyendo a estos efectos, al cónyuge, ascendientes o descendientes del socio, quienes tendrán la consideración de terceros. El socio que se proponga transmitir interARTICULO 9: La adquisición de alguna participación social por sucesión hereditaria confiere al heredero o legatario del fallecido la condición de socio. No obstante, lo dispuesto en el apartado anterior, los socios sobrevivientes y, en su defecto, la sociedad, ostentarán un derecho de adquisición de las participaciones del socio fallecido, apreciadas en el vARTICULO 10: El régimen de transmisión de las participaciones sociales será el vigente a la fecha en que el socio hubiere comunicado a la sociedad su propósito de transmitir o en su caso, en la fecha de fallecimiento del socio o en el de la adjudicación judicial o administrativa. La transmisión de participaciones que no se ajusten a lo dispuesto en los preseARTICULO 15: La Sociedad llevará un Libro Registro de Socios, en el que se hará constar la titularidad originaria y las sucesivas transmisiones, voluntarias o . ARTICULO 33: Cualquier socio tendrá derecho a obtener, a partir de la convocatoria, de forma inmediata y gratuita, los documentosque han de someterse a la aprobación de la misma, así como el informe de gestión y, en su caso, el informe de los auditores de cuentas.. ARTICULO 11: SIN CONTENIDO.. ARTICULO 12: SIN CONTENIDO.. ARTICULO 13: SIN CONTENIDO.. ARTICULO 14: SIN CONTENIDO.. ARTICULO 34: SIN CONTENIDO.. ARTICULO 32: El órgano de administración, en el plazo máximo de tres meses, contados a partir del cierre del ejercicio social, formulará las cuentas anuales con el contenido establecido legal o reglamentariamente. En cuanto a la forma, contenido, descripción, partidas, reglas de valoración, verificación, revisión, información a los socios, aprobación, aplica.
Boletín Oficial del Registro Mercantil 
Fecha inscripción: 20/01/2026 S 8, H VA 33306, I/A 6 

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