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Publicación en el Boletín Oficial del Estado del día 28 de enero del 2015 del anuncio de anuncio juzgado de lo mercantil.


Anuncio Juzgado de lo Mercantil

JUZGADO DE LO MERCANTIL DE BARCELONA

Don Luis Miguel Gonzalo Capellín, Secretario judicial del Juzgado Mercantil n.º 1 Barcelona,

Hace saber: Que en los Autos con Número de Identificación General 08019-47-1-2014-8007623 y número 938/14B se ha declarado el concurso voluntario de fecha 24 de noviembre de 2014 de Iniciatives Rupi, Sociedad Limitada, con Código de Identificación Fiscal número B64596471, y domicilio en Rambla Catalunya, 85 12 Barcelona, en el que se ha decretado la intervención de las facultades de administración y disposición, que se tramitará por los cauces del procedimiento abreviado.

El Administrador concursal es don José Mariano Hernández Montes, con domicilio en calle Balmes, 186, segundo primera, 08006 - Barcelona (Barcelona), y correo electrónico [email protected].

Conforme a lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Concursal los acreedores de la concursada deberán poner sus créditos en conocimiento de la Administración Concursal en el domicilio sito en, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

La comunicación deberá efectuarse en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial del Estado y expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicará además, los bienes o derecho a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración Concursal practique cuantas comunicades resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica, en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando Abogado y Procurador que les defienda y representen, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas.

Barcelona, 17 de diciembre de 2014.- El Secretario judicial.

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  • INICIATIVES RUPI SL
Boletín Oficial del Estado 
Fecha inscripción: 17/12/2014  

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