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Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 04 de agosto del 2023 del anuncio de anuncio de fusión y absorción en la empresa , inscrito en el Registro Mercantil el día 14 de julio del 2023 con los datos de inscripción Diario: 148 Sección: 2 Pág: 6417 - 6418.


Anuncio de fusión y absorción

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME), se hace público que las respectivas Juntas Generales Universales de Socios de IGH FLAVOURS&TECHNOLOGY, S.A. y CROP IBÉRICA, S.A.U. celebradas ambas el día 13 de julio de 2023, después de aprobar el Proyecto Común de Fusión redactado, suscrito y aprobado por sus respectivos órganos de administración el día 12 de junio de 2023 y, como balances de fusión, los respectivos balances individuales de las cuentas anuales correspondientes al ejercicio 2022 de cada una de ellas, cerrados a fecha 31 de diciembre de 2022, aprobaron por unanimidad la fusión por absorción de CROP IBÉRICA, S.A.U. (sociedad absorbida) por IGH FLAVOURS&TECHNOLOGY, S.A. (sociedad absorbente), con disolución sin liquidación de la primera y transmisión en bloque de todo su patrimonio social a IGH FLAVOURS&TECHNOLOGY, S.A. que, como consecuencia de la fusión, adquiere dicho patrimonio por sucesión universal y, por tanto, adquiere todos los activos, pasivos, bienes, derechos y obligaciones de CROP IBÉRICA, S.A.U.

Debido a que la sociedad absorbida está íntegramente participada de forma directa por la sociedad absorbente esta operación tiene la consideración de fusión impropia y, en consecuencia, queda sometida al régimen simplificado previsto en el artículo 49 LME. Por tanto, no son necesarios los informes de los órganos de administración ni de experto independiente sobre el proyecto de fusión ni tampoco es necesario adoptar una ampliación de capital en la sociedad absorbente. En virtud de lo establecido en el artículo 42 LME no ha sido necesaria la previa publicación ni depósito del proyecto de fusión, puesto que el acuerdo de fusión ha sido adoptado por unanimidad en Junta General de Socios de ambas sociedades celebradas con carácter universal.

Asimismo, las Juntas Generales de IGH FLAVOURS&TECHNOLOGY, S.A. y CROP IBÉRICA, S.A.U. aprobaron acoger la fusión al régimen tributario especial de neutralidad fiscal previsto para fusiones en el Capítulo VII del Título VII de la Ley del Impuesto sobre Sociedades. A tal efecto, y según lo previsto en el artículo 89 de la referida Ley, se comunicará la operación de fusión a la Administración Tributaria en la forma y plazo reglamentariamente establecidos.

Asimismo, se hace constar expresamente (i) el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los correspondientes balances de fusión, dirigiéndose al domicilio social de cualquiera de las referidas sociedades; y (ii) el derecho que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 44 de la LME, que podrá ejercitarse por los mismos dentro del plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo por el que se aprobó la fusión.

En Alhama de Murcia y Arganda del Rey, 14 de julio de 2023.- El administrador único de IGH Flavours&Technology, S.A. la sociedad Dispro Invest, S.L. representada por Jorge Sánchez Martínez y el administrador único de Crop Ibérica, S.A.U. la sociedad IGH Flavours&Technology, S.A. representada por José María Martinez Cervera.

Absorbente
  • IGH FLAVOURS&TECHNOLOGY SA
Absorbida
Boletín Oficial del Registro Mercantil 
Fecha inscripción: 14/07/2023 Diario: 148 Sección: 2 Pág: 6417 - 6418 

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