962740503 962743501
CNAE 2219 - Fabricación de otros productos de caucho
A46347860
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Información sobre balances y cuentas de resultados de ICOA LEVANTE SA depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por ICOA LEVANTE SA o en los que participa indirectamente.
Anuncio de fusión
Conforme al artículo 242 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que el respectivo socio único de las sociedades unipersonales «Recticel Ibérica, Sociedad Limitada Unipersonal», y de «Icoa Levante, Sociedad Anónima Unipersonal», así como la Junta general de accionistas de «Icoa Sociedad Anónima», adoptaron, por unanimidad, el día 15 de octubre de 2007, la fusión de las mismas, mediante la absorción de «Icoa, Sociedad Anónima», y de «Icoa Levante, Sociedad Anónima Unipersonal», por parte de «Recticel Ibérica, Sociedad Limitada Unipersonal», con extinción por disolución sin liquidación de «Icoa, Sociedad Anónima», y de «Icoa Levante, Sociedad Anónima Unipersonal», y transmisión en bloque de todo su patrimonio a «Recticel Ibérica, Sociedad Limitada Unipersonal», que adquiere por sucesión universal los derechos y obligaciones de las sociedades absorbidas, entendiéndose que las operaciones efectuadas por las sociedades absorbidas a partir del 1 de enero de 2007 han sido realizadas a efectos contables por la sociedad absorbente. La fusión fue aprobada sobre la base de los Balances de las sociedades cerrados a 30 de junio de 2007, y como consecuencia de la absorción, la sociedad absorbente realiza una ampliación de capital de 2.100 euros, modificándose en consecuencia el artículo 6.º de los Estatutos sociales, que quedará redactado como sigue:
«Artículo 6.º
El capital se fija en la cantidad de euros 8.669.600, representado y dividido en 866.960 participaciones sociales, de euros 10 de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente de la 1 a la 866.960, ambas inclusive, acumulables e indivisibles y totalmente desembolsadas.»
La relación de canje que se establece es de 7 participaciones sociales de «Recticel Ibérica, Sociedad Limitada», por cada 15 acciones de «Icoa, Sociedad Anónima», y una retribución económica de 0,13 euros por participación social de «Recticel Ibérica, Sociedad Limitada», asignada, todo ello de acuerdo a lo indicado en el proyecto de fusión, depositado en el Registro Mercantil de Barcelona el día 13 de septiembre de 2007, en el Registro Mercantil de Valencia el día 17 de septiembre de 2007 y en el Registro Mercantil de Álava el día 19 de septiembre de 2007.
Dado que «Icoa, Sociedad Anónima», es titular de la totalidad de las acciones representativas del capital social de «Icoa Levante, Sociedad Anónima Unipersonal», no procede en este caso aumento de capital en «Icoa Sociedad Anónima» y no se establece tipo ni procedimiento alguno para el canje de acciones, ni tampoco procede el nombramiento de expertos independientes, ni informe de los Administradores. Los titulares de las acciones de «Icoa, Sociedad Anónima» deberán proceder a presentar en el nuevo domicilio social de la sociedad absorbente (calle Catalunya, 13, polígono industrial Can Oller, Santa Perpetua de Mogoda-Barcelona) los títulos representativos del capital social en el plazo de un (1) mes desde el otorgamiento de la escritura de fusión, recibiendo a cambio las participaciones sociales representativas del capital de «Recticel Ibérica, Sociedad Limitada» (sociedad absorbente). No se conceden ventajas de ningún tipo a los Administradores de las sociedades participantes en la fusión, ni derechos para ningún tipo de acciones.
Se hace constar el derecho que existe a los accionistas y acreedores de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas. Los acreedores de las sociedades que se fusionan podrán oponerse a la fusión, dentro del plazo de un mes, a contar desde la publicación del tercer anuncio de la fusión en el Boletín Oficial del Registro Mercantil, en los términos previstos en el artículo 166 de la citada Ley, no pudiendo realizarse la fusión hasta que transcurra dicho plazo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Santa Perpetua de Mogoda, 15 de octubre de 2007.-Dominique Declerck, Secretario del Consejo de Administración de Recticel Ibérica, Sociedad Limitada Unipersonal. Administrador único de Icoa, Sociedad Anónima. Secretario del Consejo de Administración de Icoa Levante, Sociedad Anónima Unipersonal.-62.858. y 3.ª 18-10-2007
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Anuncio de fusión
Conforme al artículo 242 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que el respectivo socio único de las sociedades unipersonales «Recticel Ibérica, Sociedad Limitada Unipersonal», y de «Icoa Levante, Sociedad Anónima Unipersonal», así como la Junta general de accionistas de «Icoa Sociedad Anónima», adoptaron, por unanimidad, el día 15 de octubre de 2007, la fusión de las mismas, mediante la absorción de «Icoa, Sociedad Anónima», y de «Icoa Levante, Sociedad Anónima Unipersonal», por parte de «Recticel Ibérica, Sociedad Limitada Unipersonal», con extinción por disolución sin liquidación de «Icoa, Sociedad Anónima», y de «Icoa Levante, Sociedad Anónima Unipersonal», y transmisión en bloque de todo su patrimonio a «Recticel Ibérica, Sociedad Limitada Unipersonal», que adquiere por sucesión universal los derechos y obligaciones de las sociedades absorbidas, entendiéndose que las operaciones efectuadas por las sociedades absorbidas a partir del 1 de enero de 2007 han sido realizadas a efectos contables por la sociedad absorbente. La fusión fue aprobada sobre la base de los Balances de las sociedades cerrados a 30 de junio de 2007, y como consecuencia de la absorción, la sociedad absorbente realiza una ampliación de capital de 2.100 euros, modificándose en consecuencia el artículo 6.º de los Estatutos sociales, que quedará redactado como sigue:
«Artículo 6.º
El capital se fija en la cantidad de euros 8.669.600, representado y dividido en 866.960 participaciones sociales, de euros 10 de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente de la 1 a la 866.960, ambas inclusive, acumulables e indivisibles y totalmente desembolsadas.»
La relación de canje que se establece es de 7 participaciones sociales de «Recticel Ibérica, Sociedad Limitada», por cada 15 acciones de «Icoa, Sociedad Anónima», y una retribución económica de 0,13 euros por participación social de «Recticel Ibérica, Sociedad Limitada», asignada, todo ello de acuerdo a lo indicado en el proyecto de fusión, depositado en el Registro Mercantil de Barcelona el día 13 de septiembre de 2007, en el Registro Mercantil de Valencia el día 17 de septiembre de 2007 y en el Registro Mercantil de Álava el día 19 de septiembre de 2007.
Dado que «Icoa, Sociedad Anónima», es titular de la totalidad de las acciones representativas del capital social de «Icoa Levante, Sociedad Anónima Unipersonal», no procede en este caso aumento de capital en «Icoa Sociedad Anónima» y no se establece tipo ni procedimiento alguno para el canje de acciones, ni tampoco procede el nombramiento de expertos independientes, ni informe de los Administradores. Los titulares de las acciones de «Icoa, Sociedad Anónima» deberán proceder a presentar en el nuevo domicilio social de la sociedad absorbente (calle Catalunya, 13, polígono industrial Can Oller, Santa Perpetua de Mogoda-Barcelona) los títulos representativos del capital social en el plazo de un (1) mes desde el otorgamiento de la escritura de fusión, recibiendo a cambio las participaciones sociales representativas del capital de «Recticel Ibérica, Sociedad Limitada» (sociedad absorbente). No se conceden ventajas de ningún tipo a los Administradores de las sociedades participantes en la fusión, ni derechos para ningún tipo de acciones.
Se hace constar el derecho que existe a los accionistas y acreedores de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas. Los acreedores de las sociedades que se fusionan podrán oponerse a la fusión, dentro del plazo de un mes, a contar desde la publicación del tercer anuncio de la fusión en el Boletín Oficial del Registro Mercantil, en los términos previstos en el artículo 166 de la citada Ley, no pudiendo realizarse la fusión hasta que transcurra dicho plazo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Santa Perpetua de Mogoda, 15 de octubre de 2007.-Dominique Declerck, Secretario del Consejo de Administración de Recticel Ibérica, Sociedad Limitada Unipersonal. Administrador único de Icoa, Sociedad Anónima. Secretario del Consejo de Administración de Icoa Levante, Sociedad Anónima Unipersonal.-62.858. 2.ª 17-10-2007
Absorbente | |
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Anuncio de fusión
Conforme al artículo 242 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que el respectivo socio único de las sociedades unipersonales «Recticel Ibérica, Sociedad Limitada Unipersonal», y de «Icoa Levante, Sociedad Anónima Unipersonal», así como la Junta general de accionistas de «Icoa Sociedad Anónima», adoptaron, por unanimidad, el día 15 de octubre de 2007, la fusión de las mismas, mediante la absorción de «Icoa, Sociedad Anónima», y de «Icoa Levante, Sociedad Anónima Unipersonal», por parte de «Recticel Ibérica, Sociedad Limitada Unipersonal», con extinción por disolución sin liquidación de «Icoa, Sociedad Anónima», y de «Icoa Levante, Sociedad Anónima Unipersonal», y transmisión en bloque de todo su patrimonio a «Recticel Ibérica, Sociedad Limitada Unipersonal», que adquiere por sucesión universal los derechos y obligaciones de las sociedades absorbidas, entendiéndose que las operaciones efectuadas por las sociedades absorbidas a partir del 1 de enero de 2007 han sido realizadas a efectos contables por la sociedad absorbente. La fusión fue aprobada sobre la base de los Balances de las sociedades cerrados a 30 de junio de 2007, y como consecuencia de la absorción, la sociedad absorbente realiza una ampliación de capital de 2.100 euros, modificándose en consecuencia el artículo 6.º de los Estatutos sociales, que quedará redactado como sigue:
«Artículo 6.º
El capital se fija en la cantidad de euros 8.669.600, representado y dividido en 866.960 participaciones sociales, de euros 10 de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente de la 1 a la 866.960, ambas inclusive, acumulables e indivisibles y totalmente desembolsadas.»
La relación de canje que se establece es de 7 participaciones sociales de «Recticel Ibérica, Sociedad Limitada», por cada 15 acciones de «Icoa, Sociedad Anónima», y una retribución económica de 0,13 euros por participación social de «Recticel Ibérica, Sociedad Limitada», asignada, todo ello de acuerdo a lo indicado en el proyecto de fusión, depositado en el Registro Mercantil de Barcelona el día 13 de septiembre de 2007, en el Registro Mercantil de Valencia el día 17 de septiembre de 2007 y en el Registro Mercantil de Álava el día 19 de septiembre de 2007.
Dado que «Icoa, Sociedad Anónima», es titular de la totalidad de las acciones representativas del capital social de «Icoa Levante, Sociedad Anónima Unipersonal», no procede en este caso aumento de capital en «Icoa Sociedad Anónima» y no se establece tipo ni procedimiento alguno para el canje de acciones, ni tampoco procede el nombramiento de expertos independientes, ni informe de los Administradores. Los titulares de las acciones de «Icoa, Sociedad Anónima» deberán proceder a presentar en el nuevo domicilio social de la sociedad absorbente (calle Catalunya, 13, polígono industrial Can Oller, Santa Perpetua de Mogoda-Barcelona) los títulos representativos del capital social en el plazo de un (1) mes desde el otorgamiento de la escritura de fusión, recibiendo a cambio las participaciones sociales representativas del capital de «Recticel Ibérica, Sociedad Limitada» (sociedad absorbente). No se conceden ventajas de ningún tipo a los Administradores de las sociedades participantes en la fusión, ni derechos para ningún tipo de acciones.
Se hace constar el derecho que existe a los accionistas y acreedores de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas. Los acreedores de las sociedades que se fusionan podrán oponerse a la fusión, dentro del plazo de un mes, a contar desde la publicación del tercer anuncio de la fusión en el Boletín Oficial del Registro Mercantil, en los términos previstos en el artículo 166 de la citada Ley, no pudiendo realizarse la fusión hasta que transcurra dicho plazo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Santa Perpetua de Mogoda, 15 de octubre de 2007.-Dominique Declerck, Secretario del Consejo de Administración de Recticel Ibérica, Sociedad Limitada Unipersonal. Administrador único de Icoa, Sociedad Anónima. Secretario del Consejo de Administración de Icoa Levante, Sociedad Anónima Unipersonal.-62.858. 1.ª 16-10-2007
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A los efectos previstos en el artículo 165 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la Junta General de accionistas, en reunión celebrada en el día de hoy, ha acordado reducir el capital social a cero con objeto de restablecer el equilibrio entre capital y patrimonio de la sociedad como consecuencia de pérdidas y simultáneamente ampliar el capital social en la cantidad de 1.039.730 euros, mediante compensación de créditos.
La Eliana, 27 de mayo de 2004.-El Administrador Único. Manuel Delclaux de la Sota.-26.008.
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