B81317885
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Información sobre balances y cuentas de resultados de HOSTELERIA CONSTAGUSTO SL depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por HOSTELERIA CONSTAGUSTO SL o en los que participa indirectamente.
Anuncio de escisión parcial De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la vigente Ley de Sociedades Anónimas aplicable por remisión del artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace público que la Junta General de la sociedad "Hostelería Constagusto, Sociedad Limitada", en su reunión Extraordinaria y Universal celebrada el día 29 de diciembre de 2003 acordó por unanimidad su escisión parcial, segregando una parte de su patrimonio, integrado por las inversiones financieras y en activos inmateriales de la sociedad, que transmitirán en bloque a una sociedad de nueva creación denominada "Resta Holdings, Sociedad Limitada".
Dicho acuerdo fue adoptado conforme al proyecto de escisión que consta depositado en el Registro Mercantil de Madrid. El balance de escisión que se aprobó por unanimidad por la Junta General Extraordinaria y Universal de la sociedad, es el cerrado en fecha 28 de noviembre de 2003. La fecha a partir de la cual las operaciones de la sociedad beneficiaria se considerarán como independientes a efectos contables con respecto a la sociedad escindida será la de la inscripción en el Registro Mercantil de la escritura de escisión. Se hace constar, de conformidad con lo establecido en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de escisión, en orden a que puedan ejercer el derecho de oposición que les corresponde en los términos del artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Madrid, 29 de diciembre de 2003.-Los Administradores Solidarios de Hostelería Constagusto, Sociedad Limitada, Pedro Balandín Aznar; Agustín Morcillo Bustos; Javier Moreno Herranz.-1.610.
y 3.a 23-1-2004.
Escindida |
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Beneficiaria |
Anuncio de escisión parcial De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la vigente Ley de Sociedades Anónimas aplicable por remisión del artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace público que la Junta General de la sociedad "Hostelería Constagusto, Sociedad Limitada", en su reunión Extraordinaria y Universal celebrada el día 29 de diciembre de 2003 acordó por unanimidad su escisión parcial, segregando una parte de su patrimonio, integrado por las inversiones financieras y en activos inmateriales de la sociedad, que transmitirán en bloque a una sociedad de nueva creación denominada "Resta Holdings, Sociedad Limitada".
Dicho acuerdo fue adoptado conforme al proyecto de escisión que consta depositado en el Registro Mercantil de Madrid. El balance de escisión que se aprobó por unanimidad por la Junta General Extraordinaria y Universal de la sociedad, es el cerrado en fecha 28 de noviembre de 2003. La fecha a partir de la cual las operaciones de la sociedad beneficiaria se considerarán como independientes a efectos contables con respecto a la sociedad escindida será la de la inscripción en el Registro Mercantil de la escritura de escisión. Se hace constar, de conformidad con lo establecido en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de escisión, en orden a que puedan ejercer el derecho de oposición que les corresponde en los términos del artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Madrid, 29 de diciembre de 2003.-Los Administradores Solidarios de Hostelería Constagusto, Sociedad Limitada, Pedro Balandín Aznar; Agustín Morcillo Bustos; Javier Moreno Herranz.-1.610.
2.a 22-1-2004.
Escindida |
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Beneficiaria |
Anuncio de escisión parcial De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la vigente Ley de Sociedades Anónimas aplicable por remisión del artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace público que la Junta General de la sociedad "Hostelería Constagusto, Sociedad Limitada", en su reunión Extraordinaria y Universal celebrada el día 29 de diciembre de 2003 acordó por unanimidad su escisión parcial, segregando una parte de su patrimonio, integrado por las inversiones financieras y en activos inmateriales de la sociedad, que transmitirán en bloque a una sociedad de nueva creación denominada "Resta Holdings, Sociedad Limitada".
Dicho acuerdo fue adoptado conforme al proyecto de escisión que consta depositado en el Registro Mercantil de Madrid. El balance de escisión que se aprobó por unanimidad por la Junta General Extraordinaria y Universal de la sociedad, es el cerrado en fecha 28 de noviembre de 2003. La fecha a partir de la cual las operaciones de la sociedad beneficiaria se considerarán como independientes a efectos contables con respecto a la sociedad escindida será la de la inscripción en el Registro Mercantil de la escritura de escisión. Se hace constar, de conformidad con lo establecido en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de escisión, en orden a que puedan ejercer el derecho de oposición que les corresponde en los términos del artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Madrid, 29 de diciembre de 2003.-Los Administradores Solidarios de Hostelería Constagusto, Sociedad Limitada, Pedro Balandín Aznar; Agustín Morcillo Bustos; Javier Moreno Herranz.-1.610.
1.a 21-1-2004.
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