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Publicación en el Boletín Oficial del Estado del día 12 de agosto del 2013 del anuncio de anuncio juzgado de lo mercantil.


Anuncio Juzgado de lo Mercantil

JUZGADO DE LO MERCANTIL DE ZARAGOZA

Edicto

Doña Carmen Montaner Zueras, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Zaragoza, por el presente, hago saber:

1º.- Que en este Juzgado se siguen autos de concurso voluntario abreviado n.º 279/2013-F, y número de identificación general del procedimiento (NIG) 50297 47 1 2013 0000596, en el cual se ha dictado en fecha 9 de julio de 2013, Auto de declaración de concurso voluntario de la Compañía Mercantil "Hostelera Sobrarbe, S.L.", con CIF número B-99277915, y domicilio social en Zaragoza, calle Fidel Seral, n.º 9, 4.º-4.ª

2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo la mercantil concursada, mediante autorización o conformidad de la administración concursal.

3º.- Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que en el plazo de un mes comuniquen por escrito la existencia de sus créditos directamente a la administración concursal designada, integrada por el economista y auditor n.º de roac D. José Ortiz Pablo, con DNI 00000000X, dirección postal: Calle Valenzuela, n.º 5, 5.º, 50004 Zaragoza; teléfono; 976-223602; fax: 976-228765; correo electrónico: [email protected].

Dicha comunicación podrá presentarse en el domicilio postal de la administración concursal indicada, o remitirse por correo a dicho domicilio, o efectuarse en su dirección electrónica. No se admitirán comunicaciones de créditos en el Juzgado.

4º.- La comunicación de créditos se efectuará de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal, y expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose copia, en forma electrónica en los casos que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o de los documentos relativos al crédito.

5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (art. 184.3 Ley Concursal).

Zaragoza, 17 de julio de 2013.- La Secretaria Judicial.

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Boletín Oficial del Estado 
Fecha inscripción: 17/07/2013  

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