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Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 24 de enero del 2019 del anuncio de modificaciones estatutarias en la empresa HORMIGONES BERGANTIÑOS SA, inscrito en el Registro Mercantil el día 16 de enero del 2019 con los datos de inscripción T 1063, F 77, S 8, H C 4601, I/A 8.


Modificaciones estatutarias

HORMIGONES BERGANTIÑOS SA

Artículo 15. Son órganos sociales de la sociedad: 1- La Junta General. 2- El Organo de Administración.". Artículo 16. 1.- La voluntad de los accionistas, expresada por mayoría, regirá la vida de la sociedad. Dicha mayoría habrá de formarse necesariamente en Junta General. /2.- Todos los accionistas, incluso los disidentes y los que no hayan participado en la reunión, quedan sometidos a los acuerdos de Artículo 17. 1.- Las Juntas Gener les podrán ser Ordinarias y Extraordinarias. 2.- Junta General Ordinaria es la que debe reunirse dentro de los seis primeros meses de cada ejercicio para censurar la gestión social, aprobar, en su caso, las cuentas del ejercicio anterior y resolver sobre la Artículo 18. 1.-La Junta General, Ordinaria o Extraordinaria, quedará válidamente constituida, en primera convocatoria, cuando los accionistas presentes o representados, posean al menos la tercera parte del capital suscrito con derecho a voto. En segunda convocatoria, será válida la reunión de la Artículo 19. 1.- No obstante lo dispuesto en el artículo anterior, para que la Junta general ordinaria o extraordinaria pueda acordar válidamente el aumento o la reducción del capital y cualquier otra modificación de los estatutos sociales, la emisión de obligaciones, la supresión o la limitación Artículo 20.- 1.- La convocatoria, tanto para las Juntas Generales Ordinarias como las Extraordinarias, se realizará por los Administradores de la Sociedad, debiendo ser remitida por correo certificado con acuse de recibo a los accionistas en el domicilo designado al efecto o, en su caso, en el que Artículo 21. Será requisito esencial para la asistencia a la Junta la previa inscripción de la titularidad de las acciones en el Libro Registro de acciones de la sociedad con al menos un día de antelación a la fecha de celebración de la Junta.. Artículo 22. Los accionistas que tengan derecho de asistencia a la Junta podrán hacerlo personalmente o representados por otra persona, que no tendrá que ser necesariamente accionista, de acuerdo con las condiciones establecidas en la Ley.. Artículo 23. 1.- Las Juntas Generales se celebrarán en la localidad donde la sociedad tenga su domicilio social. 2.- Actuarán como Presidente y Secretario de la Junta los que lo sean del Consejo de Administración, si lo hubiere. En el caso de que el Organo de Administración esté formado por una Artículo 24. 1.- Los acuerdos de la Junta General deberán constar en acta. 2.- El acta deberá ser aprobada por la propia Junta al final de la reunión o, en su defecto, y dentro del plazo de quince días, por el presidente de la Junta General y dos socios interventores, uno en representación de la Artículo 26. 1.- El Consejo elegirá a su Presidente y al Secretario y, en su caso, a un Vicepresidente y a un Vicesecretario, siempre que estos nombramientos no hubiesen sido hechos por la Junta al tiempo de la elección de los Consejeros u ocuparen tales cargos al tiempo de la reelección. El.
Boletín Oficial del Registro Mercantil 
Fecha inscripción: 16/01/2019 T 1063, F 77, S 8, H C 4601, I/A 8 

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