Cargando...
Fecha publicación
Fuente

Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 12 de enero del 2009 del anuncio de anuncio de escisión en la empresa , inscrito en el Registro Mercantil el día 31 de diciembre del 2008 con los datos de inscripción Diario: 006 Sección: C Pág: 236 - 236.


Anuncio de escisión

A los efectos previstos en los artículos 254 y 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas generales extraordinarias universales de Holcim Materiales de Construcción, S.A., Holcim Hormigones, S.A. y Holcim Áridos, S.L., celebradas el 30 de diciembre de 2008, han adoptado por unanimidad los acuerdos de escisión total de la primera, que se extingue y divide su patrimonio en dos partes que son traspasadas en bloque y a título universal a las otras dos sociedades preexistentes beneficiarias.

Los acuerdos de escisión total han sido adoptados de conformidad con el Proyecto de escisión total depositado en los Registros Mercantiles de Madrid, el 24.12.2008; de Granada, el 24.12.2008; y de Alicante, el 22.12.2008.

Los acuerdos de escisión aprobados recogen la división del patrimonio social de Holcim Materiales de Construccion, S.A. en dos partes, con todo el detalle de los activos y pasivos que componen cada una de estas dos partes, que se traspasan a las dos sociedades beneficiarias. Dado que las tres Sociedades participantes en la escisión están íntegramente participadas por una misma tercera Sociedad, a la presente operación de escisión total le es aplicable el régimen de las escisiones simplificadas, de forma que no se produce aumento de capital de las sociedades beneficiarias, ni, en consecuencia, tipo y procedimiento de canje de las acciones o participaciones. La fecha a partir de la cual las operaciones relativas a las partes escindidas se entienden realizadas a efectos contables por cuenta de las sociedades beneficiarias será el 1 de enero de 2009.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de escisión total.

Asimismo, y de acuerdo con lo previsto en los artículos 243 y 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho de oposición que, durante el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio, tienen los acreedores en los términos previstos en los citados artículos.

 

Madrid, 31 de diciembre de 2008.- Álvaro Carrascal Satrústegui, Secretario del Consejo de Administración de Holcim Materiales de Construccion, S.A., Holcim Hormigones, S.A. y Holcim Aridos, S.L.

Escindida
  • HOLCIM MATERIALES DE CONSTRUCCION SA
Beneficiaria
Boletín Oficial del Registro Mercantil 
Fecha inscripción: 31/12/2008 Diario: 006 Sección: C Pág: 236 - 236 

IR A HOLCIM MATERIALES DE CONSTRUCCION SA