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Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 17 de noviembre del 2022 del anuncio de anuncio de escisión en la empresa , inscrito en el Registro Mercantil el día 11 de noviembre del 2022 con los datos de inscripción Diario: 219 Sección: 2 Pág: 8772 - 8772.


Anuncio de escisión

Escisión parcial

De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la "Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles" (LME), por remisión del artículo 73 de la misma Ley, se hace público que con fecha 11 de Noviembre de 2022, las Juntas Generales Universales de la sociedad "Herlogas, S.A." (Sociedad Escindida) y de la Sociedad "Herlogas Patrimonio, S.L." (Sociedad beneficiaria) aprobaron por unanimidad la escisión parcial de una parte del patrimonio de "Herlogas, S.A." (Sociedad escindida) y su traspaso a la sociedad "Herlogas Patrimonio, S.L." (Sociedad beneficiaria) quien adquirirá por sucesión a título universal la totalidad de los derechos y obligaciones que componen el patrimonio escindido, que forma una unidad económica autónoma, todo ello de conformidad con el proyecto de escisión parcial de unidad económica suscrito por los órganos de administración en fecha 26 de Junio de 2022.

Al haberse adoptado el acuerdo de escisión parcial en Junta Universal y por unanimidad de todos los socios en ambas sociedades, no ha sido necesario publicar o depositar previamente los documentos exigidos por Ley, ni han sido necesarios los informes de expertos independientes (por haberse acordado expresamente por ambas Juntas Generales Universales), ni el informe de los Administradores

Se hace constar, en cumplimiento de los artículos 43 y 44 de la LME, el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la escisión parcial de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de la escisión parcial, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores, en los términos establecidos en el artículo 44 de la LME, durante el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la escisión parcial. Igualmente se hace constar la puesta a disposición de los socios y trabajadores de los documentos a que hace referencia el artículo 39 de la LME.

Bilbao (Bizkaia), 11 de noviembre de 2022.- Administrador único de la sociedad escindida y de la sociedad beneficiaria, Don Herminio Antonio López Llorca.

Escindida
Beneficiaria
  • HERLOGAS PATRIMONIO SL
Boletín Oficial del Registro Mercantil 
Fecha inscripción: 11/11/2022 Diario: 219 Sección: 2 Pág: 8772 - 8772 

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