Publicación en el Boletín Oficial del Estado del día 23 de febrero del 2011 del anuncio de anuncio juzgado de lo mercantil.
Edicto.
El Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la ley Concursal (LC), anuncia:
1.º Que en el procedimiento número 1.017/2010, por auto de 14 de febrero de 2011 se ha declarado en concurso necesario ordinario a la deudora "Grupo Gedeco Avantis, S.L.", con CIF: B- 83437749, con domicilio en calle Marie Curie, n.º 5-7, edificio "Alfa", planta 7.ª, Rivas Vaciamadrid (Madrid) y cuyo centro de intereses principales lo tiene en dicho domicilio.
2.º Que la deudora conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.
3.º Que los acreedores de la concursada deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.
4.º Llamamiento a los acreedores: Se hace llamamiento a los acreedores para que pongan en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la publicación prevista en el art. 23 de la LC; de la comunicación que a tal efecto les dirigirá la administración concursal y únicamente en defecto de tal comunicación directa el cómputo del plazo se hará desde la publicación de este auto de declaración del concurso.
Lugar para tal comunicación: 1) por correo ordinario a la dirección: "Administración concursal del concurso de "Grupo Gedeco Avantis, S.L.", oficina: Plaza de Castilla, n.º 3, 18-A, 28046 Madrid; 2) o mediante el correo electrónico a la dirección: [email protected], a la que se acompañará la documentación del crédito escaneada en soporte pdf, o remitida luego por correo ordinario a aquella dirección.
Deberá presentarse mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.
5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 de la LC).
Madrid, 14 de febrero de 2011.- El Secretario Judicial.
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