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Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 02 de abril del 2012 del anuncio de anuncio de escisión en la empresa , inscrito en el Registro Mercantil el día 15 de marzo del 2012 con los datos de inscripción Diario: 064 Sección: C Pág: 6784 - 6784.


Anuncio de escisión

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de Abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME), se hace público que en fecha 14 de marzo de 2012, la Junta General Extraordinaria y Universal de socios de "Grupo Fomento Intersocietario, S.L.", ha acordado por unanimidad, la escisión parcial financiera de la sociedad, en virtud de la cual traspasará sin extinguirse, a una sociedad limitada ya existente la totalidad de las participaciones sociales de la mercantil "Navintor, S.L.", junto con los derechos y obligaciones vinculados a éstas, transmitiéndolas en bloque por sucesión universal a "Cartera Familiar, S.L.", al efecto de desarrollar ésta última la actividad correspondiente a la dirección, gestión y control de dichas participaciones.

La referida escisión parcial financiera ha sido aprobada por la Junta General de Grupo Fomento Intersocietario, S.L., tomando como base para la aprobación el balance cerrado a 31 de Diciembre de 2011, y siendo aprobada asimismo una reducción de capital social y reservas de la sociedad escindida por el importe del valor de los elementos aportados en virtud de la escisión.

El mencionado acuerdo unánime de escisión parcial financiera ha sido adoptado con estricta sujeción a lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley 3/2009, de 3 de Abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, en relación con el artículo 73.1 de la mencionada Ley.

De conformidad con lo previsto en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios, acreedores y trabajadores de las sociedades afectadas de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado, así como de los balances de escisión. Se informa igualmente a los acreedores de las sociedades que podrán oponerse a la escisión parcial, en los plazos y términos previstos en el artículo 44 de la citada Ley 3/2009, de 3 de abril.

Madrid, 15 de marzo de 2012.- El Administrador Único de Grupo Fomento Intersocietario, S.L., doña María Mónica Acosta Gil.

Escindida
  • GRUPO FOMENTO INTERSOCIETARIO SL
Beneficiaria
Boletín Oficial del Registro Mercantil 
Fecha inscripción: 15/03/2012 Diario: 064 Sección: C Pág: 6784 - 6784 

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