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Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 22 de febrero del 2024 del anuncio de modificaciones estatutarias en la empresa GRUPO AGF FASHION SL, inscrito en el Registro Mercantil el día 15 de febrero del 2024 con los datos de inscripción T 1992, F 58, S 8, H AL 39803, I/A 26.


Modificaciones estatutarias

GRUPO AGF FASHION SL

Artículo de los estatutos: ARTICULO 6º. CAPITAL SOCIAL Y PARTICIPACIONES SOCIALES. El capital social se fija en la cantidad de SESENTA MIL EUROS (60.000,00 E) desembolsado en su totalidad y dividido en SESENTA (60) participaciones sociales, integramente asumidas, iguales, acumulables e indivisibles, con un valor nominal cada una de ellas de MIL EUROS ARTICULO 9º. TRANSMISION DE PARTICIPACIONES SOCIALES. PERDIDA DE LA CONDICION DE SOCIO. Las transmisiones de participaciones sociales que no se ajusten a lo previsto en los presentes Estatutos y en la Ley no produciran efecto alguno frente a la sociedad. a. Regimen de la transmisión voluntaria"inter-vivos". Será libre la transmision que se efectue con ARTICULO 32º. OPERACIONES MERCANTILES CON LOS SOCIOS, DETERMINACION DEL PRECIO DEL PRODUCTO Y CALENDARIO DE LIQUIDACION. La sociedad sera'el unico responsable de negociar con los clientes los precios de venta de las marcas propiedad o de uso exclusivo del Grupo AGF desarrollando las acciones necesarias para la consecución de tal fin. El precio de venta en ARTICULO 33. HABILITACION A LOS ADMINISTRADORES O CONSEJO DE ADMINISTRACION. Los Administradores están plenamente facultados para desarrollar lo dispuesto en estos Estatutos en relación con las áreas privadas de la Web Corporativa, delegación de voto, voto a distancia y asistencia a Juntas y Consejos por medios telemáticos y en general todo lo relativo a la ARTICULO 34. PROTECCION DE DATOS PERSONALES. De conformidad con lo establecido en la normativa vigente de protección de datos, los datos personales de los socios, Administradores y miembros del Consejo serán incorporados a los correspondientes ficheros, automatizados o no, creados por la sociedad, con la finalidad de gestionar las obligaciones y derechos ARTICULO 35. REGIMEN SUPLETORIO. En lo no previsto en estos estastutos se estará a lo dispuesto en la Ley de Sociedades de Capital y demás legislación aplicable. .
Boletín Oficial del Registro Mercantil 
Fecha inscripción: 15/02/2024 T 1992, F 58, S 8, H AL 39803, I/A 26 

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