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Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 24 de mayo del 2022 del anuncio de modificaciones estatutarias en la empresa GRANJA CONCHITA SA, inscrito en el Registro Mercantil el día 18 de mayo del 2022 con los datos de inscripción T 1177, F 191, S 8, H VA 4709, I/A 28.


Modificaciones estatutarias

GRANJA CONCHITA SA

"Artículo 5º.- El Capital Social será de SETENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y UN EUROS CON SIETE CENTIMOS (77.831,07 E), dividido en mil doscientas noventa y cinco acciones (1.295), ordinarias y nominativas, de sesenta euros con ciento una mil doscientas doce millonésimas de euro (60,101212 E) "Artículo 5ºbis.- El propósito de transmitir ínter vivos las acciones a favor de cualquier persona que no sea accionista de la Sociedad, deberá ser notificado de forma fehaciente, en el domicilio de la Sociedad, al órgano de administración, indicando el número de identificación de las acciones "Artículo 7º.- Corresponde a los accionistas constituidos en Junta General decidir por mayoría en los asuntos que sean competencia legal de ésta. Todos los socios, incluso los disidentes y los que no hayan participado en la reunión, quedarán sometidos a los acuerdos de la Junta General, sin "Artículo 8º.- Toda Junta General deberá ser convocada por medio de comunicación escrita enviada por correo certificado con acuse de recibo enviado a la dirección indicada al efecto, o al que conste en el Libro Registro de Accionistas, debiendo mediar entre la convocatoria y la celebración de la "Artículo 8ºBis.- Todos los accionistas, incluidos los que no tienen derecho a voto, podrán asistir a las Juntas Generales. Será requisito esencial para asistir, que el accionista tenga inscrita la titularidad de sus acciones en el libro registro de acciones de la Sociedad con un día de antelación "Artículo 8ºTer.- La Junta General quedará válidamente constituida, en primera convocatoria, cuando los accionistas presentes o representados, posean al menos el veinticinco por ciento del capital social con derecho a voto. En segunda convocatoria será válida la constitución, cualquiera que sea el "Artículo 8ºQuarter.- Las Juntas Generales se celebrarán en el término municipal donde la Sociedad tenga su domicilio. Actuarán como Presidente y Secretario los que designe la propia Junta. Sólo se podrá deliberar y votar sobre los asuntos incluidos en la convocatoria. Corresponde al Presidente.
Boletín Oficial del Registro Mercantil 
Fecha inscripción: 18/05/2022 T 1177, F 191, S 8, H VA 4709, I/A 28 

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