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Publicación en el Boletín Oficial del Estado del día 15 de septiembre del 2010 del anuncio de anuncio juzgado de lo mercantil.


Anuncio Juzgado de lo Mercantil

JUZGADO DE LO MERCANTIL DE ALICANTE

Don Virginio Sánchez Barberá, Secretaría judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante, por el presente

Hago saber: Que en el procedimiento Proc.Concursal Abreviado - 000694/2009 - D sobre declaración de concurso de la mercantil Gradis SLU, con domicilio en la Calle Roig de Corella, 10 03804 Alcoy (Alicante) y C.I.F. número B-03116894, se ha dictado Auto de fecha 30-07-10, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"1.- Se acuerda poner fin a la fase común.

2.- Se decreta la apertura de la fase de liquidación.

3.- Se decreta la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el Título III de la Ley Concursal.

4.- Se declara la disolución de la mercanil, así como en todo caso el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal.

5.- Preséntese por el Administrador concursal en el plazo de 8 días siguientes a la notificación, el plan de liquidación previsto en el art. 148 LC.

6.- Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquéllos que consistan en otras prestaciones.

7.- Procédase a la formación de la Sección Sexta, de calificación del concurso, con testimonio de la presente y demás particulares previstos en el art. 167 LC.

Dentro de los diez días siguientes a la última de las publicaciones del presente auto, cualquier acreedor o persona con interés legítimo podrá personarse en la Sección Sexta alegando por escrito cuanto considera relevante para la calificación del concurso como culpable. (Art. 168 LC.).

8.- Notifíquese la presente resolución al concursado y a todas las partes personadas en el procedimiento, expidiéndose asimismo los pertinentes edictos para general publicidad en los términinos de los arts. 23 y 24 LC.

Líbrese al Registro Mercantil para que practique las inscripciones correspondientes respecto a la disolución de la concursada y de las facultades de la administración concursal.

Comuníquese esta resolución en los Incidentes Concursales en los que se haya formulado protesta contra la sentencia, a efectos de que el interesado pueda interponer el recurso de reposición diferido a este momento. "

Alicante, 30 de julio de 2010.- La Secretaría Judicial.

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Boletín Oficial del Estado 
Fecha inscripción: 30/07/2010  

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