Cargando...
Fecha publicación
Fuente
BOE

Publicación en el Boletín Oficial del Estado del día 20 de septiembre del 2010 del anuncio de anuncio juzgado de lo mercantil.


Anuncio Juzgado de lo Mercantil

JUZGADO DE LO MERCANTIL DE ALICANTE

Edicto.

Don Virginio Sánchez Barberá, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil úmero 2 de Alicante,

Por el presente, hago saber: Que en el procedimiento proc. concursal abreviado 001068/2009-D, sobre declaración de concurso de la mercantil "Golamar Urbana, S.L.", con domicilio en calle Mayor, 5, bajo, Guardamar del Segura (Alicante), y C.I.F. número B-53661542, se ha dictado auto de fecha 30-7-2010, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"1. Se acuerda poner fin a la fase común.

2. Se decreta la apertura de la fase de liquidación.

3. Se decreta la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el título III de la Ley Concursal.

4. Se declara la disolución de la mercantil, así como en todo caso el cese de los Administradores o Liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal.

5. Preséntese por el Administrador concursal en el plazo de ocho días siguientes a la notificación, el plan de liquidación previsto en el artículo 148 de la LC.

6. Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquéllos que consistan en otras prestaciones.

7. Procédase a la formación de la Sección Sexta, de calificación del concurso, con testimonio de la presente y demás particulares previstos en el artículo 167 de la LC.

Dentro de los diez dias siguientes a la última de las publicaciones del presente auto, cualquier acreedor o persona con interés legítimo podrá personarse en la Sección Sexta alegando por escrito cuanto considera relevante para la calificación del concurso como culpable (artículo 168 de la LC). Comuníquese a la administración concursal la fecha de expiración de plazo de personación de interesados para, vencida, proceda a evacuar el informe prevenido en el artículo 169 de la LC.

8. Notifíquese la presente resolución al concursado y a todas las partes personadas en el procedimiento, expidiéndose asimismo los pertinentes edictos para general publicidad en los términos de los artículos 23 y 24 de la LC.

9. Líbrese mandamiento al Registro Mercantil para que practique las inscripciones correspondientes respecto de la disolución de la concursada y de las facultades de la administración concursal.

Comuníquese esta resolución en los incidentes concursales en los que se haya formulado protesta contra la sentencia, a efectos de que el interesado pueda interponer el recurso de reposición diferido a este momento."

Y para que sirva de publicación en el B.O.E., expido el presente.

Alicante, 30 de julio de 2010.- La Secretaria Judicial.

Empresa
  • GOLAMAR URBANA SL
Boletín Oficial del Estado 
Fecha inscripción: 30/07/2010  

IR A GOLAMAR URBANA SL
CREAR CUENTA GRATIS
Crea una cuenta gratuita en empresia y realiza seguimiento de las empresas que te interesan.

Registrar cuenta
Axesor.es
Axesor.es