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Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 29 de mayo del 2003 del anuncio de anuncio de escisión en la empresa , inscrito en el Registro Mercantil el día 21 de mayo del 2003 con los datos de inscripción .


Anuncio de escisión

Escisión parcial de la compañía En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, por remisión del artículo 254 del mismo texto legal, se hace público que en la Junta general Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de "Promociones Gismar, Sociedad Anónima", celebrada con carácter de Universal el día 20 de mayo de 2003, se aprobó, por unanimidad, la escisión parcial de su patrimonio de la rama de actividad consistente en la tenencia, disfrute, administración, gestión y control de una cartera de valores mobiliarios de sociedades relacionadas con el sector de la automoción, para su transmisión a una sociedad de nueva creación beneficiaria de la escisión parcial que se denominará "Gismar Auto, Sociedad Limitada", la cual adquirirá por sucesión, a título universal, todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio segregado, con la consecuente reducción del capital social de "Promociones Gismar, Sociedad Anónima" en la cuantía de 100.000,00 Euros, mediante la reducción del valor nominal de todas y cada una de las 20.000 acciones al portador en que se divide el capital social de la Compañía, en la cifra de 5,00 Euros por acción, dejando establecido el nuevo valor de cada una de las acciones en 1,25 Euros, y quedando, en consecuencia, fijado el capital social en la cifra de 25.000,00 Euros.

La operación descrita se realizará en los términos y condiciones del proyecto de escisión parcial suscrito por todos los Administradores de "Promociones Gismar, Sociedad Anónima", el día 3 de abril de 2003 y depositado en el Registro Mercantil de Barcelona el 30 de abril de 2003, bajo el número 165, así como en los términos acordados en la Junta de Accionistas indicada.

Se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de la sociedad escindida, a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de escisión. Los acreedores de la sociedad parcialmente escindida pueden oponerse a la escisión en los términos establecidos en los artículos 166 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes contado a partir de la publicación del último anuncio de la escisión parcial.

Barcelona, 21 de mayo de 2003.-El Presidente y Consejero Delegado de "Promociones Gismar, Sociedad Anónima", don Luis Marcian Gil.-25.026. 2.a 29-5-2003.

Escindida
Beneficiaria
  • GISMAR AUTO SL
Boletín Oficial del Registro Mercantil 
Fecha inscripción: 21/05/2003  

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