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Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 28 de marzo del 2014 del anuncio de anuncio de escisión en la empresa , inscrito en el Registro Mercantil el día 26 de marzo del 2014 con los datos de inscripción Diario: 061 Sección: C Pág: 2130 - 2130.


Anuncio de escisión

En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 43.1 y los artículos 73 a 80 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que la Junta General Universal de "Eurovaloraciones, S.A.", celebrada en San Juan de Alicante, el 26 de marzo de 2014, aprobó de forma unánime el acuerdo de escisión parcial de la sociedad, en virtud de la cual traspasará en bloque por sucesión universal, sin extinguirse, una parte de su patrimonio que forma una unidad económica autónoma o rama de actividad diferenciada, la cual se aportará la sociedad beneficiaria de nueva creación "Gesvalia Activos, S.L.", subsistiendo la sociedad escindida, y ello con cargo a reservas sin reducción de capital, atribuyéndose a los socios en la nueva sociedad un número de participaciones proporcional a los derechos que ostentan en el capital social de "Eurovaloraciones, S.A.". La sociedad beneficiaria de nueva creación "Gesvalia Activos, S.L.", se subrogará en todos los derechos y obligaciones de la entidad escindida, sobre el patrimonio transmitido que forma la unidad económica autónoma. Y todo ello de acuerdo con el Proyecto de Escisión Parcial suscrito por todos los miembros del Consejo de Administración y con el Balance de Escisión auditado, cerrado a 31 de diciembre de 2013.

Se cumplen en el presente caso los requisitos exigidos en los artículos 42 y 78 bis de la Ley 3/2009, de 3 abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles para llevar a cabo la operación de escisión parcial mediante el procedimiento simplificado.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores durante el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio de escisión parcial, conforme a lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, por remisión que a los mismos hace el artículo 73 de la citada Ley.

Alicante, 26 de marzo de 2014.- El Consejero Delegado, don José Vázquez Seijo.

Boletín Oficial del Registro Mercantil 
Fecha inscripción: 26/03/2014 Diario: 061 Sección: C Pág: 2130 - 2130 

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