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Publicación en el Boletín Oficial del Estado del día 16 de julio del 2012 del anuncio de anuncio juzgado de lo mercantil.


Anuncio Juzgado de lo Mercantil

JUZGADO DE LO MERCANTIL DE SANTA CRUZ DE TENERIFE

Edicto

Cédula de notificación

Don Cristo Jonay Pérez Riverol, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 1 de los de Santa Cruz de Tenerife,

Hago saber: Que en el procedimiento Concursal 17/12, de la entidad Gestibona, S.L., se ha dictado Auto de fecha 6 de junio de 2012, por la Magistrada Juez doña Ana Fernández Arranz, cuyos puntos principales de su parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"Se declara en concurso, que tiene carácter de voluntario abreviado Gestibona, S.L., NIF B38489431, y se declara abierta la fase común del concurso.

Se nombra a don Pedro Julio Andrés Arranz Administrador concursal, quien además de las facultades legalmente previstas, deberá prestar su autorización o conformidad a los actos de administración y disposición sobre el patrimonio del deudor que realice éste, al acordarse la intervención de dichas facultades, en los términos del artículo 40 de la Ley Concursal.

Llámese, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 21.5.º y 85 de la Ley Concursal, redacción dada por Ley 38/11 de 10 de octubre, a todos los acreedores de la entidad deudora, para que en el plazo de un mes a contar desde el siguiente al de la publicación acordada en este Auto (B.O.E.),comuniquen a la administración concursal la existencia de sus créditos, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto, el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el Juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. El domicilio y la dirección electrónica serán únicos y deberán ser puestos en conocimiento del Juzgado por la administración concursal al tiempo de la aceptación del cargo.

La personación de los acreedores tendrá lugar por escrito firmado por Letrado y Procurador presentado en el Decanato, conforme al artículo 184 LC.

La administración concursal realizará sin demora una comunicación individualizada a cada uno de los acreedores. Este auto producirá de inmediato los efectos previstos en la Ley Concursal para la declaración de concurso... Contra este auto no cabe recurso..."

Y para que sirva de notificación y emplazamiento a todos los interesados-acreedores, mediante su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado y su publicación gratuita en el Boletín Oficial del Estado (de conformidad con la redacción recogida en el Real Decreto Ley 3/2009, de 27 de marzo) se pone en conocimiento, a todos sus efectos, que el Administrador concursal de este procedimiento, arriba indicado, la persona de don Pedro Julio Andrés Arranz, de profesión Letrado, con D.N.I. 00000000X, n.º de teléfono y fax n.º 922240019, móvil n.º 629570824, calle Duggi, n.º 60, 1.º, 38006 Santa Cruz de Tenerife, con dirección de correo electrónico [email protected], extiendo y firmo la presente.

Santa Cruz de Tenerife, 28 de junio de 2012.- El Secretario Judicial.

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Boletín Oficial del Estado 
Fecha inscripción: 28/06/2012  

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