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Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 24 de mayo del 2019 del anuncio de anuncio de convocatoria de junta en la empresa GECOCSA GENERAL DE CONSTRUCCIONES CIVILES SA, inscrito en el Registro Mercantil el día 21 de mayo del 2019 con los datos de inscripción Diario: 97 Sección: 2 Pág: 4940 - 4942.


Anuncio de convocatoria de Junta

GECOCSA GENERAL DE CONSTRUCCIONES CIVILES SA

Convocatoria de junta general ordinaria y extraordinaria. Por acuerdo del consejo de administración de la sociedad de 21 de mayo de 2019, se convoca a los señores socios a la Junta general ordinaria y extraordinaria que tendrá lugar en el domicilio social, el próximo día 27 de junio de 2019, a las 16:30 horas, en primera convocatoria, y 17:00 horas en segunda, y, si fuera preciso, al día siguiente en el mismo lugar y a la misma hora, en segunda convocatoria, con el fin de deliberar y resolver sobre los asuntos contenidos en el siguiente.

Orden del día

JUNTA ORDINARIA

Primero.- Aprobación, si procede, de las Cuentas Anuales, la propuesta de aplicación del resultado y de la gestión del Consejo de Administración, correspondientes al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2018.

Segundo.- Informe sobre el estado de la sociedad.

Tercero.- Ruegos y preguntas.

Cuarto.- Redacción, lectura y aprobación del acta.

Orden del día

JUNTA EXTRAORDINARIA

Primero.- Aprobación, si procede de la Derogación íntegra de los Estatutos sociales actualmente vigentes y aprobación de unos nuevos Estatutos sociales adaptados a la ley de sociedades de capital. En concreto, las materias objeto de los Estatutos: artículo 1.-Denominación. se mantiene inalterable la misma haciéndose referencia que la misma se regirá por los estatutos y por el TRLSC. artículo 2.-Objeto social, se amplía con respecto a los estatutos actuales. artículo 3.-Domicilio social, se mantiene inalterable. artículo 4.- Duración, comienzo de operaciones, y ejercicio social se mantiene inalterable. artículo 5.- Web corporativa. comunicaciones entre accionistas y administradores por medios telemáticos, se redacta conforme al artículo 11 de la ley de sociedades de capital. artículo 6.- Capital social, se mantiene inalterable. artículo 7.- Acciones. libro-registro, se mantiene inalterable su contenido conforme a una nueva redacción conforme la ley sociedades de capital. artículo 8.- Derechos de los accionistas, se mantiene inalterable su contenido conforme a una nueva redacción conforme la ley sociedades de capital. artículo 9º.- Transmisión de las acciones, se adapta su redacción conforme a lo establecido en la ley sociedades de capital. artículo 10º.- Copropiedad, ususfructo, prenda y embargo de acciones. Se adapta su redacción conforme a lo establecido en la ley sociedades de capital. artículo 11º.- La junta general, se adapta su redacción conforme a lo establecido en la ley sociedades de capital. artículo 12º.-Clases de juntas, obligatoriedad de convocarlas se adapta su redacción conforme a lo establecido en la ley sociedades de capital. artículo 13º.-Órgano convocante. se adapta su redacción conforme a lo establecido en la ley sociedades de capital. artículo 14º.-Antelación de la convocatoria, se adapta su redacción conforme a lo establecido en la ley sociedades de capital. artículo 15º.- Forma de la convocatoria, se adapta su redacción conforme a lo establecido en la ley sociedades de capital, y en concreto se establece que mientras no exista web corporativa las juntas se convocarán por cualquier procedimiento de comunicación individual y escrita que asegure la recepción en el domicilio designado al efecto. una vez que la web corporativa de la sociedad haya sido inscrita en el registro mercantil y publicada en el BORME, las convocatorias de juntas se publicarán mediante su inserción en dicha web. artículo 16º.- Lugar de celebración de la junta. Asistencia a la misma por video conferencia u otros medios telemáticos, se adapta su redacción conforme a lo establecido en la ley sociedades de capital. artículo 17º.- Asistencia, legitimación y representación en las juntas generales. se adapta su redacción conforme a lo establecido en la ley sociedades de capital. artículo 18º.- Voto a distancia anticipado en las juntas generales, se adapta su redacción conforme a lo establecido en la ley sociedades de capital. artículo 19º.- Constitución de la junta y adopción de acuerdos, se adapta su redacción conforme a lo establecido en la ley sociedades de capital. artículo 20º.- Modos de organizar la administración, y facultades.- Se introduce con respecto a los actuales estatutos que la administración de la sociedad se podrá confiar a un administrador único, administradores que actúen de forma solidaria o de forma conjunta administradores mancomunados o a un consejo de administración, y que para ser nombrado administrador no se requiere la cualidad de socio. artículo 21º.- Consejo de administración, adaptada a la LSC, estableciéndose un plazo para la convocatoria con una antelación mínima de tres días a la fecha de la reunión, pudiendo únicamente convocarse en un plazo inferior en caso de urgencia o necesidad para la adopción de acuerdos. artículo 22º.- Capacidad y duración del cargo, se establece un periodo de cinco años. artículo 23º.- Retribución del cargo, se mantiene inalterable. el capítulo V que contiene los arts. 24 25 y 26 que versan sobre ejercicio social, cuentas anuales y distribución de beneficios, se adapta su redacción conforme a lo establecido en la ley sociedades de capital. el capítulo VI. que contiene los arts, 27 y 28,. que versa sobre disolución y liquidación se adapta su redacción conforme a lo establecido en la ley sociedades de capital. artículo 29º.- Protección de datos personales, se adapta a la normativa vigente. artículo 30º.- Auditorías de cuentas, se adapta a la normativa vigente. artículo 31º.- Régimen supletorio, se estará a lo dispuesto en la ley de sociedades de capital y demás legislación aplicable.

Segundo.- Aprobación, si procede del cese de los miembros del Consejo de Administración, modificación del órgano de administración, y nombramiento de un Administrador único.

Tercero.- Ruegos y preguntas.

Cuarto.- Redacción, lectura y aprobación del acta.

Documentación: De conformidad con lo previsto en el artículo 272 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, cualquier accionista podrá obtener de forma inmediata y gratuita, las Cuentas Anuales, el Informe de Gestión y el Informe de los Auditores de cuentas sobre las mismas, así como los Estatutos sociales a que se refiere el punto tercero. Derecho de información: De conformidad con lo establecido en el artículo 197 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, con anterioridad a la reunión de la Junta, los señores accionistas podrán solicitar de los Administradores, acerca de los asuntos comprendidos en el orden del día, las informaciones o aclaraciones que estimen precisas, o formular por escrito las preguntas que estimen pertinentes hasta el séptimo día anterior al previsto para la celebración de la Junta. Asistencia y Representación: De conformidad con los artículos 179 y 184 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, todos los accionistas tienen derecho a asistir a la Junta. Asimismo, todo accionista podrá hacerse representar por medio de otra persona, aunque ésta no sea accionista, en los términos y con los límites establecidos en el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital y en los Estatutos sociales. Se agradecerá vuestra asistencia personal a la Junta y, en caso de imposibilidad, me permito recordaros la posibilidad de delegar vuestro voto y representación en otra persona.

Salamanca, 21 de mayo de 2019.- El presidente del consejo de administración, Roberto de Bartolomé y Luis.

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Fecha inscripción: 21/05/2019 Diario: 97 Sección: 2 Pág: 4940 - 4942 

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