926552920
CNAE 4671 - Comercio al por mayor de combustibles sólidos, líquidos y gaseosos, y productos similares
B13339015
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2.5M €
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Información sobre balances y cuentas de resultados de GASOLEOS ALBALCAZAR SLU depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por GASOLEOS ALBALCAZAR SLU o en los que participa indirectamente.
Anuncio de fusión
En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 242 de la Ley de Sociedades Anónimas y 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de las entidades «Sánchez y Murcia, S. L.», «Gasóleos Albalcazar, S. L., Unipersonal» y «Gasóleos Albacete, S. L.», celebradas el día 27 de octubre de 2005, acordaron por unanimidad su fusión, mediante la absorción de las entidades «Gasóleos Albalcazar, S. L., Unipersonal» y «Gasóleos Albacete, S. L.», que se disuelven sin liquidación y transmiten todo su patrimonio en favor de la sociedad absorbente «Sánchez y Murcia, S. L.», de acuerdo con el Proyecto de Fusión redactado y suscrito por los Administradores de las sociedades y depositado en el Registro Mercantil de Albacete. Asimismo fueron aprobados los correspondientes balances de fusión. La fecha a partir de la cual las operaciones de la sociedad extinguida se entienden realizadas por la entidad absorbente es la de inscripción en el Registro Mercantil de la escritura pública de fusión. No existen, ni está previsto que existan en la sociedad absorbente, titulares de participaciones de clases especiales ni derechos especiales distintos de los que concede la cualidad de socio. Tampoco se atribuirán ventajas de ninguna clase, en alguna de las sociedades participantes, a favor de los administradores. De acuerdo con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho de socios y acreedores a obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión y los balances de fusión.
Los acreedores de la sociedad podrán oponerse a la fusión en los términos regulados por el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Albacete, 27 de octubre de 2005.-Fdo.: Manuel Santiago Murcia Igualada, Administrador único de «Sánchez y Murcia, S. L.», «Gasóleos Albalcazar, S. L., Unipersonal» y «Gasóleos Albacete, S. L.».-56.122.
y 3.ª 14-11-2005
Absorbente | |
Absorbida |
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Anuncio de Fusión
En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 242 de la Ley de Sociedades Anónimas y 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de las entidades «Sánchez y Murcia, S. L.», «Gasóleos Albalcazar, S. L., Unipersonal» y «Gasóleos Albacete, S. L.», celebradas el día 27 de octubre de 2005, acordaron por unanimidad su fusión, mediante la absorción de las entidades «Gasóleos Albalcazar, S. L., Unipersonal» y «Gasóleos Albacete, S. L.», que se disuelven sin liquidación y transmiten todo su patrimonio en favor de la sociedad absorbente «Sánchez y Murcia, S. L.», de acuerdo con el Proyecto de Fusión redactado y suscrito por los Administradores de las sociedades y depositado en el Registro Mercantil de Albacete. Asimismo fueron aprobados los correspondientes balances de fusión. La fecha a partir de la cual las operaciones de la sociedad extinguida se entienden realizadas por la entidad absorbente es la de inscripción en el Registro Mercantil de la escritura pública de fusión. No existen, ni está previsto que existan en la sociedad absorbente, titulares de participaciones de clases especiales ni derechos especiales distintos de los que concede la cualidad de socio. Tampoco se atribuirán ventajas de ninguna clase, en alguna de las sociedades participantes, a favor de los administradores. De acuerdo con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho de socios y acreedores a obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión y los balances de fusión.
Los acreedores de la sociedad podrán oponerse a la fusión en los términos regulados por el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Albacete, 27 de octubre de 2005.-Fdo.: Manuel Santiago Murcia Igualada, Administrador único de «Sánchez y Murcia, S. L.», «Gasóleos Albalcazar, S. L., Unipersonal» y «Gasóleos Albacete, S. L.».-56.122.
2.ª 11-11-2005
Absorbente | |
Absorbida |
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Anuncio de Fusión
En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 242 de la Ley de Sociedades Anónimas y 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de las entidades «Sánchez y Murcia, S. L.», «Gasóleos Albalcazar, S. L., Unipersonal» y «Gasóleos Albacete, S. L.», celebradas el día 27 de octubre de 2005, acordaron por unanimidad su fusión, mediante la absorción de las entidades «Gasóleos Albalcazar, S. L., Unipersonal» y «Gasóleos Albacete, S. L.», que se disuelven sin liquidación y transmiten todo su patrimonio en favor de la sociedad absorbente «Sánchez y Murcia, S. L.», de acuerdo con el Proyecto de Fusión redactado y suscrito por los Administradores de las sociedades y depositado en el Registro Mercantil de Albacete. Asimismo fueron aprobados los correspondientes balances de fusión. La fecha a partir de la cual las operaciones de la sociedad extinguida se entienden realizadas por la entidad absorbente es la de inscripción en el Registro Mercantil de la escritura pública de fusión. No existen, ni está previsto que existan en la sociedad absorbente, titulares de participaciones de clases especiales ni derechos especiales distintos de los que concede la cualidad de socio. Tampoco se atribuirán ventajas de ninguna clase, en alguna de las sociedades participantes, a favor de los administradores. De acuerdo con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho de socios y acreedores a obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión y los balances de fusión.
Los acreedores de la sociedad podrán oponerse a la fusión en los términos regulados por el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Albacete, 27 de octubre de 2005.-Fdo.: Manuel Santiago Murcia Igualada, Administrador único de «Sánchez y Murcia, S. L.», «Gasóleos Albalcazar, S. L., Unipersonal» y «Gasóleos Albacete, S. L.».-56.122.
1.ª 10-11-2005
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