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Publicación en el Boletín Oficial del Estado del día 18 de febrero del 2017 del anuncio de anuncio juzgado de lo mercantil.


Anuncio Juzgado de lo Mercantil

JUZGADO DE LO MERCANTIL DE ALICANTE

Doña Cristina Cifo González, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Alicante, por el presente,

Hago saber:

Que en fecha 1 de febrero de 2017 se ha dictado Auto de conclusión del concurso que se tramita en este Juzgado con el n.º 782/14 frente a la sociedad GAP COMUNICACIÓN EXTERIOR, S.L. con CIF/NIF número B53354148, con domicilio en calle Deportista Juan Matos, n.º 4, Bloque 2, 9.º Derecha, Alicante, cuya parte dispositiva es la siguiente:

1.- Se declara concluso el concurso de acreedores de GAP COMUNICACIÓN EXTERIOR, S.L.

2.- Quedan sin efecto y se alzan las limitaciones de administración y disposición del deudor GAP COMUNICACIÓN EXTERIOR, S.L. que vinieron en su día acordadas, salvo las que se contengan en la sentencia de calificación.

3.- Se acuerda la extinción de GAP COMUNICACIÓN EXTERIOR, S.L. decretándose la cancelación de su hoja registral de inscripción. Para su efectividad, líbrese mandamiento al Sr. Registrador Mercantil de la Provincia.

4.- Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 18 de octubre de 2015.

5.- Se acuerda el cese de los administradores concursales, a salvo la facultad para proseguir actuaciones en defensa de intereses patrimoniales de la concursada y requiérase la devolución de la credencial.

Notifíquese a las partes personadas y publíquese por medio de edicto en el BOE de forma gratuita y en el tablón de anuncios de este Juzgado e inscríbase en el Registro Mercantil y en el Registro Público Concursal.

Líbrense al efecto los correspondientes mandamientos y oficios que se entregan al Procurador del solicitante para su diligenciamiento, debiendo en el plazo de 5 días acreditar la presentación con los requisitos necesarios ante las oficinas correspondientes, bajo apercibimiento de incurrir en responsabilidad profesional en caso de demora.

Contra esta resolución no cabe recurso (art. 177).

Alicante, 2 de febrero de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

Empresa
  • G A P COMUNICACION EXTERIOR SL
Boletín Oficial del Estado 
Fecha inscripción: 02/02/2017  

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