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Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 12 de enero del 2012 del anuncio de anuncio de fusión y absorción en la empresa , inscrito en el Registro Mercantil el día 28 de diciembre del 2011 con los datos de inscripción .


Anuncio de fusión y absorción

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 51.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que los administradores de las entidades "Arreglos Florales Santiago, Sociedad Limitada Unipersonal" y "Floristería Santiago Gutiérrez, Sociedad Limitada Unipersonal", han redactado y suscrito un proyecto común de fusión con fecha 5 de diciembre de 2011, que ha sido depositado en el Registro Mercantil de Las Palmas el 16 de diciembre de ese mismo año. A tenor de dicho proyecto "Floristería Santiago Gutiérrez, Sociedad Limitada Unipersonal" será absorbida por "Arreglos Florales Santiago, Sociedad Limitada Unipersonal", y ello supondrá el traspaso en bloque a la Sociedad Absorbente del patrimonio social de la Sociedad Absorbida, a título de sucesión universal, quedando subrogada en todos los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida con carácter general y sin reserva ni limitación alguna, y con extinción vía disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida.

La fusión aprobada se efectúa atendiendo a lo dispuesto en el artículo 49.1 de la Ley 3/2009, al tratarse de la absorción de una sociedad íntegramente participada. En consecuencia no resulta necesaria para esta fusión (i) la inclusión en el proyecto de fusión de las menciones 2.ª, 6.ª, 9.ª y 10.ª del artículo 31 de la citada Ley 3/2009, (ii) los informes de administradores y expertos sobre el proyecto de fusión, (iii) el aumento de capital de la Sociedad Absorbente y (iv) la aprobación de la fusión por la Junta General de la Sociedad Absorbida.

De conformidad con el citado artículo 51.1. de la Ley 3/2009, se hace constar expresamente el derecho que corresponde a los socios y a los acreedores de las sociedades que participan en la fusión, de examinar en el domicilio social de cada una de las sociedades, el proyecto común de fusión y las cuentas anuales de los tres últimos ejercicios sociales, así como el derecho a obtener la entrega o el envío gratuito de los textos íntegros de dicha documentación.

También se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de la Sociedad Absorbente cuyos créditos no se encuentren suficientemente garantizados, a oponerse a la fusión, durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del presente anuncio, en los términos señalados en el artículo 44 de la Ley 3/2009.

Sin perjuicio del carácter unipersonal de la Sociedad Absorbente, de conformidad con los previsto en el artículo 51 de la Ley 3/2009, se hace constar el derecho de los socios que representen, al menos, el uno por ciento del capital social de la Sociedad Absorbente, a exigir la celebración de la junta general para la aprobación, dentro de los 15 días siguientes a la fecha de publicación del presente anuncio, mediante requerimiento notarial dirigido a los administradores.

Las Palmas de Gran Canaria, 28 de diciembre de 2011.- Dulce María Suárez Rodríguez, Administradora Única de Arreglos Florales Santiago, Sociedad Limitada Unipersonal.

Absorbente
Absorbida
  • FLORISTERIA SANTIAGO GUTIERREZ SL
Boletín Oficial del Registro Mercantil 
Fecha inscripción: 28/12/2011  

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