LA COMPRAVENTA DE ARTICULOS DE FERRETERIA, BRICOLAJE, MENAJE DE COCINA, CUCHILLERIA Y MAQUINARIA DE TODAS CLASES Y SIMILARES
CNAE 4752 - Comercio al por menor de ferretería, pintura y vidrio en establecimientos especializados
B63372809
19/12/2003
6 años
(Extinguida el 15/01/2010)
-
0.5M €
Barcelona
3
Información sobre balances y cuentas de resultados de FERRETERIA LA CANTONADA SL depositados en el Registro Mercantil de Barcelona en los últimos ejercicios.
Ejercicio Disponibilidad | Consultar en Axesor | |||||
Consultar en Axesor |
Entidad | Relación | Entidad/Relación | Desde | Hasta |
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Mora Soler Ramon | Liquidador | Mora Soler Ramon Liquidador | 15/01/2010 | 15/01/2010 |
Mora Soler Ramon | Adm. Unico | Mora Soler Ramon Adm. Unico | 15/01/2010 |
Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por FERRETERIA LA CANTONADA SL o en los que participa indirectamente.
Anuncio de escisión De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de "Ferretería Mora, Sociedad Anónima", celebrada válidamente el día 30 de septiembre de 2003, con el carácter de universal, aprobó por unanimidad la escisión total de la sociedad "Ferretería Mora, Sociedad Anónima", con la división de su patrimonio social en dos partes, cada una de las cuales se traspasa en bloque a dos sociedades beneficiarias de responsabilidad limitada de nueva creación, "Ferretería Mora, Sociedad Limitada" y "Ferretería La Cantonada, Sociedad Limitada", con la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad escindida. Las sociedades beneficiarias suceden a título universal a la sociedad escindida, que se disuelve sin liquidación, todo ello de conformidad con lo previsto en al artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada y 252 y siguientes de la Ley de Sociedades Anónimas, y con sujeción al proyecto de escisión depo sitado en el Registro Mercantil de Barcelona con fecha 30 de julio de 2003, habiéndose aprobado como balance de escisión el cerrado a día 30 de Junio de 2.003. Las operaciones de la sociedad escindida se considerarán realizadas, a efectos contables, por cuenta de las beneficiarias desde el 1 de julio de 2003, fecha a partir de la cual las nuevas participaciones dan derecho a participar en las ganancias. No se otorgan derechos especiales ni se atribuyen ventajas de las previstas en el artículo 235.e) y f) de la Ley de Sociedades Anónimas.
Se hace constar expresamente, de conformidad con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de la sociedad escindida de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el balance de escisión, así como el derecho que asiste a los acreedores de oponerse a la escisión durante el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio de la escisión, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Barcelona, 15 de octubre de 2003.-El Consejero Delegado. D. Juan Mora Soler.-48.174.
y 3.a 5-11-2003.
Escindida | |
Beneficiaria |
|
Anuncio de escisión De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de "Ferretería Mora, Sociedad Anónima", celebrada válidamente el día 30 de septiembre de 2003, con el carácter de universal, aprobó por unanimidad la escisión total de la sociedad "Ferretería Mora, Sociedad Anónima", con la división de su patrimonio social en dos partes, cada una de las cuales se traspasa en bloque a dos sociedades beneficiarias de responsabilidad limitada de nueva creación, "Ferretería Mora, Sociedad Limitada" y "Ferretería La Cantonada, Sociedad Limitada", con la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad escindida. Las sociedades beneficiarias suceden a título universal a la sociedad escindida, que se disuelve sin liquidación, todo ello de conformidad con lo previsto en al artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada y 252 y siguientes de la Ley de Sociedades Anónimas, y con sujeción al proyecto de escisión depositado en el Registro Mercantil de Barcelona con fecha 30 de julio de 2003, habiéndose aprobado como balance de escisión el cerrado a día 30 de Junio de 2.003. Las operaciones de la sociedad escindida se considerarán realizadas, a efectos contables, por cuenta de las beneficiarias desde el 1 de julio de 2003, fecha a partir de la cual las nuevas participaciones dan derecho a participar en las ganancias. No se otorgan derechos especiales ni se atribuyen ventajas de las previstas en el artículo 235.e) y f) de la Ley de Sociedades Anónimas.
Se hace constar expresamente, de conformidad con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de la sociedad escindida de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el balance de escisión, así como el derecho que asiste a los acreedores de oponerse a la escisión durante el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio de la escisión, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Barcelona, 15 de octubre de 2003.-El Consejero Delegado. D. Juan Mora Soler.-48.174.
2.a 4-11-2003.
Escindida | |
Beneficiaria |
|
Anuncio de escisión De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de "Ferretería Mora, Sociedad Anónima", celebrada válidamente el día 30 de septiembre de 2003, con el carácter de universal, aprobó por unanimidad la escisión total de la sociedad "Ferretería Mora, Sociedad Anónima", con la división de su patrimonio social en dos partes, cada una de las cuales se traspasa en bloque a dos sociedades beneficiarias de responsabilidad limitada de nueva creación, "Ferretería Mora, Sociedad Limitada" y "Ferretería La Cantonada, Sociedad Limitada", con la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad escindida. Las sociedades beneficiarias suceden a título universal a la sociedad escindida, que se disuelve sin liquidación, todo ello de conformidad con lo previsto en al artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada y 252 y siguientes de la Ley de Sociedades Anónimas, y con sujeción al proyecto de escisión depositado en el Registro Mercantil de Barcelona con fecha 30 de julio de 2003, habiéndose aprobado como balance de escisión el cerrado a día 30 de Junio de 2.003. Las operaciones de la sociedad escindida se considerarán realizadas, a efectos contables, por cuenta de las beneficiarias desde el 1 de julio de 2003, fecha a partir de la cual las nuevas participaciones dan derecho a participar en las ganancias. No se otorgan derechos especiales ni se atribuyen ventajas de las previstas en el artículo 235.e) y f) de la Ley de Sociedades Anónimas.
Se hace constar expresamente, de conformidad con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de la sociedad escindida de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el balance de escisión, así como el derecho que asiste a los acreedores de oponerse a la escisión durante el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio de la escisión, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Barcelona, 15 de octubre de 2003.-El Consejero Delegado. D. Juan Mora Soler.-48.174.
1.a 3-11-2003.
Escindida | |
Beneficiaria |
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FERRETERIA LA CANTONADA SL fué una empresa constituida el 19/12/2003 y extinguida el 15/01/2010 inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona. y con domicilio en Santa Perpètua de MogodaSu clasificación nacional de actividades económicas era Comercio al por menor de ferretería, pintura y vidrio en establecimientos especializados.
La empresa tenia un rango de facturación anual inferior a 500.000 euros.
FERRETERIA LA CANTONADA SL tiene 0 cargos directivos en activo y 2 cargos directivos históricos.