918038024 918037801
CNAE 8010 - Actividades de seguridad privada
A80101710
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2.5M €
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Información sobre balances y cuentas de resultados de FALCON SERVICIOS DE SEGURIDAD INTEGRAL SA depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por FALCON SERVICIOS DE SEGURIDAD INTEGRAL SA o en los que participa indirectamente.
Anuncio de fusión
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas Universales y Extraordinarias de Socios de las referidas sociedades, celebradas ambas el día 24 de abril de 2006, aprobaron por unanimidad la fusión por absorción impropia invertida de «Falcon Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima», como sociedad absorbente, y «Falcon Servicios de Seguridad Integral, Sociedad Anónima», como sociedad absorbida, de conformidad con el proyecto de fusión depositado en el Registro de Madrid, el día 31 de marzo de 2006, ambas sobre la base de los balances de 31 de diciembre de 2005. La fusión se realizará con entera transmisión, asunción y subrogación de todos los bienes, derechos, obligaciones, acciones y contratos que integran el patrimonio de la sociedad absorbida, incorporando en bloque su activo y pasivo a la absorbente, con disolución sin liquidación de Falcon Servicios de Seguridad Integral, Sociedad Anónima. Como en la actualidad Falcon Servicios de Seguridad Integral, Sociedad Anónima (sociedad absorbida) es propietaria del 100 por 100 de las acciones representativas del Capital de la Sociedad Falcon Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima (sociedad absorbente), no se procederá a la ampliación del capital de Falcón Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima, ni a establecer procedimiento y relación de canje de acciones que pasarán inmediatamente a los socios de Falcon Servicios de Seguridad Integral, Sociedad Anónima. Se señala el día 1 de enero de 2006, como fecha a partir de la cual las operaciones realizadas por la sociedad absorbida, Falcon Servicios de Seguridad Integral, Sociedad Anónima, contablemente se deberán considerar efectuadas por la entidad absorbente Falcon Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima. No existen accionistas con derechos especiales en la sociedad absorbida, ni existen derechos especiales distintos de las acciones en la sociedad absorbida, ni se van a otorgar ventajas de ningún tipo a los administradores de las sociedades que se fusionan, todo ello en los términos del Proyecto de Fusión suscrito por los órganos de administración de dichas sociedades con fecha 16 de marzo de 2006.
A los efecto de lo establecido en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de oposición de los acreedores durante el plazo de un mes desde la fecha de la públicación del último anuncio del acuerdo de fusión adoptado por la Junta Universal Extraordinaria, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Madrid, 26 de abril de 2006.-D. Tirso Tomás Herrero. Presidente del Consejo de Administración de Falcon Contratas y Seguridad, S. A., y Presidente del Consejo de Administración de Falcon Servicios de Seguridad Integral, S. A.-24.183.
1.ª 10-5-2006
Absorbente | |
Absorbida |
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Anuncio de fusión
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas Universales y Extraordinarias de Socios de las referidas sociedades, celebradas ambas el día 24 de abril de 2006, aprobaron por unanimidad la fusión por absorción impropia invertida de «Falcon Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima», como sociedad absorbente, y «Falcon Servicios de Seguridad Integral, Sociedad Anónima», como sociedad absorbida, de conformidad con el proyecto de fusión depositado en el Registro de Madrid, el día 31 de marzo de 2006, ambas sobre la base de los balances de 31 de diciembre de 2005. La fusión se realizará con entera transmisión, asunción y subrogación de todos los bienes, derechos, obligaciones, acciones y contratos que integran el patrimonio de la sociedad absorbida, incorporando en bloque su activo y pasivo a la absorbente, con disolución sin liquidación de Falcon Servicios de Seguridad Integral, Sociedad Anónima. Como en la actualidad Falcon Servicios de Seguridad Integral, Sociedad Anónima (sociedad absorbida) es propietaria del 100 por 100 de las acciones representativas del Capital de la Sociedad Falcon Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima (sociedad absorbente), no se procederá a la ampliación del capital de Falcón Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima, ni a establecer procedimiento y relación de canje de acciones que pasarán inmediatamente a los socios de Falcon Servicios de Seguridad Integral, Sociedad Anónima. Se señala el día 1 de enero de 2006, como fecha a partir de la cual las operaciones realizadas por la sociedad absorbida, Falcon Servicios de Seguridad Integral, Sociedad Anónima, contablemente se deberán considerar efectuadas por la entidad absorbente Falcon Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima. No existen accionistas con derechos especiales en la sociedad absorbida, ni existen derechos especiales distintos de las acciones en la sociedad absorbida, ni se van a otorgar ventajas de ningún tipo a los administradores de las sociedades que se fusionan, todo ello en los términos del Proyecto de Fusión suscrito por los órganos de administración de dichas sociedades con fecha 16 de marzo de 2006.
A los efecto de lo establecido en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de oposición de los acreedores durante el plazo de un mes desde la fecha de la públicación del último anuncio del acuerdo de fusión adoptado por la Junta Universal Extraordinaria, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Madrid, 26 de abril de 2006.-D. Tirso Tomás Herrero. Presidente del Consejo de Administración de Falcon Contratas y Seguridad, S. A., y Presidente del Consejo de Administración de Falcon Servicios de Seguridad Integral, S. A.-24.183.
1.ª 10-5-2006
Absorbente | |
Absorbida |
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Anuncio de fusión
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas Universales y Extraordinarias de Socios de las referidas sociedades, celebradas ambas el día 24 de abril de 2006, aprobaron por unanimidad la fusión por absorción impropia invertida de «Falcon Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima», como sociedad absorbente, y «Falcon Servicios de Seguridad Integral, Sociedad Anónima», como sociedad absorbida, de conformidad con el proyecto de fusión depositado en el Registro de Madrid, el día 31 de marzo de 2006, ambas sobre la base de los balances de 31 de diciembre de 2005. La fusión se realizará con entera transmisión, asunción y subrogación de todos los bienes, derechos, obligaciones, acciones y contratos que integran el patrimonio de la sociedad absorbida, incorporando en bloque su activo y pasivo a la absorbente, con disolución sin liquidación de Falcon Servicios de Seguridad Integral, Sociedad Anónima. Como en la actualidad Falcon Servicios de Seguridad Integral, Sociedad Anónima (sociedad absorbida) es propietaria del 100 por 100 de las acciones representativas del Capital de la Sociedad Falcon Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima (sociedad absorbente), no se procederá a la ampliación del capital de Falcón Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima, ni a establecer procedimiento y relación de canje de acciones que pasarán inmediatamente a los socios de Falcon Servicios de Seguridad Integral, Sociedad Anónima. Se señala el día 1 de enero de 2006, como fecha a partir de la cual las operaciones realizadas por la sociedad absorbida, Falcon Servicios de Seguridad Integral, Sociedad Anónima, contablemente se deberán considerar efectuadas por la entidad absorbente Falcon Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima. No existen accionistas con derechos especiales en la sociedad absorbida, ni existen derechos especiales distintos de las acciones en la sociedad absorbida, ni se van a otorgar ventajas de ningún tipo a los administradores de las sociedades que se fusionan, todo ello en los términos del Proyecto de Fusión suscrito por los órganos de administración de dichas sociedades con fecha 16 de marzo de 2006.
A los efecto de lo establecido en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de oposición de los acreedores durante el plazo de un mes desde la fecha de la públicación del último anuncio del acuerdo de fusión adoptado por la Junta Universal Extraordinaria, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Madrid, 26 de abril de 2006.-D. Tirso Tomás Herrero. Presidente del Consejo de Administración de Falcon Contratas y Seguridad, S. A., y Presidente del Consejo de Administración de Falcon Servicios de Seguridad Integral, S. A.-24.183.
1.ª 10-5-2006
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