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Datos de ESTUDIO SANTA ANA SL

ESTUDIO SANTA ANA SL

Objeto social

CIF

no disponible

Fecha constitución

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Antigüedad

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Capital social

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Ventas

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Registro

Cádiz

Últimas cuentas depositadas

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Productos, Marcas y Nombres Comerciales

R NOTORIA
VerMarca en tramitación
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Anuncios en boletines oficiales

Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por ESTUDIO SANTA ANA SL o en los que participa indirectamente.

  • Denegación total de marca

    Publicación de la distintivo R NOTORIA:

    Expediente:  M-4282495

    Tipo Marca:  Figurativa

    Tipo Modalidad:  Marca

    Titular:  ESTUDIO SANTA ANA SL

    Identificado de publicación:  8712261

    Modalidad del signo distintivo:  M

    Número de solicitud:  4282495

    Fecha de resolución:  19/08/2025

    Clases denegadas:  35

    Fecha publicación de la solicitud:  15/11/2024

    Fuente: Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
    Fecha inscripción: 26/08/2025. Núm. 8712261. Tomo: 1 Anuncio:8712261 
  • Suspenso de fondo de marca

    Publicación de la distintivo R NOTORIA:

    Expediente:  M-4282495

    Tipo Marca:  Figurativa

    Tipo Modalidad:  Marca

    Titular:  ESTUDIO SANTA ANA SL

    Motivos:  DEFECTOS O MOTIVOS 01) La marca solicitada no cumple los requisitos exigidos en el artículo 69.1 de la Ley 17/2001, deMarcas, así como en el art. 38.2 del Real Decreto 687/2002, de Reglamento de ejecución de la Ley deMarcas. En concreto, el reglamento de uso aportado adolece de los siguientes defectos: El signoque se muestra en el reglamento de uso es diferente del signo que se ha publicado. Ésta ha de cambiarse al signo que se ha publicado o bien solicitar la modificación del signo, conforme al artículo 23.2 de la Ley de Marcas, en la contestación al suspenso de fondo. No queda claro qué es lo que el titular pretende certificar exactamente con la marca de garantía, en la medida en que es la Cámarade Comercio la que otorga el rango de notoria a ciertas empresas. Al respecto, ha de definirse con exactitud qué es lo que la titular va a certificar relativa a los requisitos, componentes, elementos, condiciones, origen o cualesquiera otras características que el titular de la marca va a certificar o garantizar que cumplen los servicios a que se aplique la marca, no siendo la notoriedad una característica susceptible de dicha garantía. En este sentido, en el reglamento de uso no se detallan las medidas que se adoptarán para verificar estas características. Tampoco se detallan los sistemas de control y vigilancia del uso de la marca, que además se realizan por un ente externo. Se requiere más información a este respecto. El uso del término "licenciatarios" no es admisible, siendo el término correcto "usuarios", toda vez que lo primero implica una relación contractual entre dos partes con plena libertad de asociación y que se regula en el artículo 48 de la Ley de Marcas. Por tanto, debe cambiarse el término en todo el documento. El punto 6.2 del reglamento de uso establece que el titular puede usar la marca solicitada a título propio. Ello no es admisible, pues el titular no está legitimado para dicho uso directo por su parte, como se deduce del artículo 68.2 de la Ley de Marcas. Dicho apartado debe quedar eliminado. Igualmente, el art. 69.2 de la Ley de Marcas dispone que el reglamento de uso de la marca deberá ser informado favorablemente por el órgano administrativo competente en atención a la naturaleza de los servicios a los que la marca de garantía se refiere, debiendo, por tanto, acompañar la solicitud de tal informe favorable.En caso que se desee solicitar una marca de productos y servicios, también se admite la transformación de la marca de garantía a marca de productos y servicios

    Identificado de publicación:  8586481

    Modalidad del signo distintivo:  M

    Número de solicitud:  4282495

    Fecha de resolución:  30/05/2025

    Clases:  35

    Fuente: Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
    Fecha inscripción: 06/06/2025. Núm. 8586481. Tomo: 1 Anuncio:8586481 

ESTUDIO SANTA ANA SL es una empresa inscrita en el Registro Mercantil de Cádiz.