928515199
BILBAO, s/n BARRIADA DE TENORIO. 35500 ARRECIFE. (LAS PALMAS). Ver mapa
A). CUALQUIER ACTIVIDAD INMOBILIARIA. B). ADQUISICION, ADMINISTRACION, EXPLOTACION, ARRENDAMIENTO O ENAJENACION, POR CUALQUIER TITULO, DE TODO TIPO DE FINCAS
CNAE 4121 - Construcción de edificios residenciales
B35796267
17/03/2004
21 años
-
2.5M €
Las Palmas
71
Información sobre balances y cuentas de resultados de ESPACIOS INTERIORES LANZAROTE SL depositados en el Registro Mercantil de Las Palmas en los últimos ejercicios.
Ejercicio Disponibilidad | Consultar en Axesor | |||||
Consultar en Axesor |
Entidad | Relación | Entidad/Relación | Desde | Hasta |
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Rodriguez Calistro Maria Elisa | Adm. Concurs. | Rodriguez Calistro Maria Elisa Adm. Concurs. | 11/05/2011 |
Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por ESPACIOS INTERIORES LANZAROTE SL o en los que participa indirectamente.
Edicto.
Doña María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria.
Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal 51/2010, seguido a instancias del Procurador don Francisco J. Blat Avilés, en nombre y representación de "Espacios Interiores Lanzarote, S.L.", se ha dictado Auto el día 1 de febrero de 2013, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:
Acuerdo:
Se procede al nombramiento como nuevo administrador del concurso a don Manuel Seijas Lopez, Abogado, con n.º de teléfono 928515560, fax 928516000, lo que se le comunicará por el medio más rápido, haciéndole saber que deberá aceptar el cargo dentro de los cinco días siguientes al de recibo de la comunicación, mediante comparecencia ante este Juzgado. En dicha comparecencia se les hará saber lo establecido en el artículo 28 y siguientes de la L.C., y aceptado el cargo se les entregará testimonio de este auto y de la comparecencia de aceptación, a fin de que quede acreditada su designación. Asimismo deberán señalar un despacho u oficina para el ejercicio de su cargo, que deberá estar ubicada en alguna localidad del ámbito de competencia territorial del Juzgado.
Se requiere a la administradora concursal saliente para que en el plazo de diez dias entregue en el Juzgado toda la documentación referente al concurso que obre en su poder, para su entrega al administrador concursal entrante.
Publíquese el nombramiento del administrador en los mismos medios en que lo hubiere sido el administrador sustituido.
Modo de Impugnación: Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra las resoluciones sobre nombramiento, recusación y cese de los administradores concursales y auxiliares delegados cabe interponer Recurso de Reposición y, contra el auto que lo resuelva, el de Apelación, que no tendrá efecto suspensivo.
Estarán legitimados para recurrir el deudor, la administración concursal, los administradores concursales afectados y quienes acrediten interés legítimo, aunque no hubieran comparecido con anterioridad.
Así lo dispone, manda y firma don Alberto López Villarrubia, Magistrado del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria; doy fe.
Se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
Las Palmas de Gran Canaria, 13 de febrero de 2013.- La Secretaria Judicial.
Empresa |
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Edicto.
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN.
DOÑA MARÍA VICTORIA BASANTA EIRAS, SECRETARIA JUDICIALdel Juzgadode lo Mercantil uno de Las Palmas.
En los presentes autos de Procedimiento Concursal número 0000051/2010, instado por el deudor ESPACIOS INTERIORES LANZAROTE, S.L., se ha dictado AUTO en cuya parte dispositiva se acuerda lo siguiente:
PARTE DISPOSITIVA.
Se acuerda la apertura de la fase liquidación.
De la presente resolución dése la publicidad que establecen los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal.
Se acuerda la suspensión del concursado en el ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos para ella en el título III de la presente Ley.
Se declara la disolución y, en su caso, el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por los administradores concursales para proceder de conformidad con lo establecido en esta Ley Concursal.
Se declara asimismo el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados si los hubiera y la conversión en dinero de aquéllos que consistan en otras prestaciones.
Se hace saber a los administradores que en el plazo de quince días desde la notificación de la presente resolución, deberán presentar un plan para la realización de los bienes y derechos en los términos establecidos en el artículo 148.1 de la Ley Concursal. Asimismo deberán presentar cada tres meses, un informe sobre el estado de las operaciones de la liquidación, que quedará de manifiesto en la secretaría del Juzgado. El incumplimiento de esta obligación podrá determinar la aplicación de las sanciones previstas en los artículos 36 y 37 de la Ley Concursal.
Procédase a la apertura de la sección de calificación del concurso, que se regulará conforme a lo establecido en los artículos 163 y siguientes de la Ley Concursal. Dicha sección se encabezará con testimonio de la resolución judicial y se incorporarán a ella testimonios de la solicitud de declaración de concurso, de la documentación que hubiere presentado el deudor con su solicitud o a requerimiento del Juez, y del auto de declaración de concurso.
Se hace saber que cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en el plazo de diez desde la última de las publicaciones de la presente resolución a los efectos establecidos en el artículo 168 de la Ley Concursal.
Hágase saber a la Administración del Concurso que en el plazo de quince días posteriores a la expiración de los plazos de los interesados habrá de presentar un informe en los términos establecidos en el artículo 169 de la Ley Concursal.
Notifíquese la presente resolución al concursado, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Notifíquese la presente resolución haciendo saber que de conformidad con lo establecido en el artículo 197 de la Ley Concursal contra la misma cabe interponer recurso de reposición ante este mismo Juzgado en el plazo de cinco días, sin que dicha interposición produzca los efectos de suspensión del presente procedimiento.
Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 25 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, consignación que deberá ser acreditada al interponer el recurso (DA 15ª LOPJ).
Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.
Así lo dispone, manda y firma D. ALBERTO LÓPEZ VILLARRUBIA, MAGISTRADO de Las Palmas de Gran Canaria; doy fe.
Las Palmas de Gran Canaria, 16 de abril de 2012.- Secretaria Judicial.
Empresa |
|
Procedimiento concursal | 51/2010. |
FIRME | Si, |
Fecha de resolución | 29/07/2011 |
Descripcion | Auto de declaración de concurso. Voluntario. |
Juzgado | num. 1 JUZGADO DE LO MERCANTIL DE LAS PALMAS. |
Procedimiento concursal | 51/2010. |
FIRME | Si, |
Fecha de resolución | 16/02/2011 |
Descripcion | Resoluciones acordando la intervención o suspensión de las factultades de administración y disposición del concursado. |
Juzgado | num. 1 JUZGADO DE LO MERCANTIL DE LAS PALMAS. |
Procedimiento concursal | 51/2010. |
FIRME | No, |
Fecha de resolución | 16/02/2011 |
Descripcion | Auto de declaración de concurso. Voluntario. |
Juzgado | num. 1 JUZGADO DE LO MERCANTIL DE LAS PALMAS. |
Procedimiento concursal | 51/2010. |
Fecha de resolución | 16/02/2011 |
Descripcion | Nombramiento de administradores. |
Juzgado | num. 1 JUZGADO DE LO MERCANTIL DE LAS PALMAS. |
Adm. Concurs. | Rodriguez Calistro Maria Elisa |
Procedimiento concursal | 51/2010. |
FIRME | No, |
Fecha de resolución | 16/02/2011 |
Descripcion | Resoluciones acordando la intervención o suspensión de las factultades de administración y disposición del concursado. |
Juzgado | num. 1 JUZGADO DE LO MERCANTIL DE LAS PALMAS. |
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ESPACIOS INTERIORES LANZAROTE SL inscrita en el Registro Mercantil de Las Palmas. y con domicilio en ArrecifeSu clasificación nacional de actividades económicas es Construcción de edificios residenciales.
La empresa tiene una facturación anual superior a 2.500.000 euros.
ESPACIOS INTERIORES LANZAROTE SL tiene 1 cargos directivos en activo y 0 cargos directivos históricos.