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CNAE 6201 - Actividades de programación informática
B82752205
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Información sobre balances y cuentas de resultados de ESCADOR E-BUSINESS SOLUTIONS SLU depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por ESCADOR E-BUSINESS SOLUTIONS SLU o en los que participa indirectamente.
Anuncio de fusión En cumplimiento de lo establecido en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que el socio único la sociedad "Riverland, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, y el socio único de la sociedad "Escador E-Business Solutions, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, en ambos casos en el ejercicio de las competencias de Junta general con arreglo al artículo 127 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, acordaron el día 16 de mayo de 2001, por unanimidad, la fusión mediante absorción por parte de "Riverland, Sociedad Limitada", de "Escador E-Business Solutions, Sociedad Limitada", con disolución sin liquidación y traspaso en bloque de todos los activos y pasivos de la sociedad absorbida a "Riverland, Sociedad Limitada", conforme a los Balances de fusión cerrados el 31 de diciembre de 2000, tanto para la sociedad absorbida como por la sociedad absorbente y al proyecto de fusión depositado en el Registro Mercantil de Granada.
La fusión tendrá efectos contables a partir de 1 de enero de este año 2001.
Se hace constar, asimismo, que la sociedad absorbente modifica su denominación tomando el de la sociedad absorbida, de acuerdo con lo establecido en el artículo 418.1 del Reglamento del Registro Mercantil, pasando a denominarse "Escador E-Business Solutions, Sociedad Limitada", a los efectos previstos en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas por remisión del artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace constar que los socios y acreedores de "Riverland, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal y de "Escador E-Business Solutions, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, tienen derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los Balances de fusión, en el domicilio social de las sociedades intervinientes en la fusión.
Asimismo, se hace expresamente constar que durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión, los acreedores podrán oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Granada, 29 de junio de 2001.-El Administrador único de "Riverland, Sociedad Limitada" y de "Escador E-Business Solutions, Sociedad Limitada", José Miguel Sánchez Jiménez.-40.014.
y 3.a 25-7-2001.
Absorbente | |
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Anuncio de fusión En cumplimiento de lo establecido en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que el socio único la sociedad "Riverland, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, y el socio único de la sociedad "Escador E-Business Solutions, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, en ambos casos en el ejercicio de las competencias de Junta general con arreglo al artículo 127 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, acordaron el día 16 de mayo de 2001, por unanimidad, la fusión mediante absorción por parte de "Riverland, Sociedad Limitada", de "Escador E-Business Solutions, Sociedad Limitada", con disolución sin liquidación y traspaso en bloque de todos los activos y pasivos de la sociedad absorbida a "Riverland, Sociedad Limitada", conforme a los Balances de fusión cerrados el 31 de diciembre de 2000, tanto para la sociedad absorbida como por la sociedad absorbente y al proyecto de fusión depositado en el Registro Mercantil de Granada.
La fusión tendrá efectos contables a partir de 1 de enero de este año 2001.
Se hace constar, asimismo, que la sociedad absorbente modifica su denominación tomando el de la sociedad absorbida, de acuerdo con lo establecido en el artículo 418.1 del Reglamento del Registro Mercantil, pasando a denominarse "Escador E-Business Solutions, Sociedad Limitada", a los efectos previstos en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas por remisión del artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace constar que los socios y acreedores de "Riverland, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal y de "Escador E-Business Solutions, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, tienen derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los Balances de fusión, en el domicilio social de las sociedades intervinientes en la fusión.
Asimismo, se hace expresamente constar que durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión, los acreedores podrán oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Granada, 29 de junio de 2001.-El Administrador único de "Riverland, Sociedad Limitada" y de "Escador E-Business Solutions, Sociedad Limitada", José Miguel Sánchez Jiménez.-40.014.
2.a 24-7-2001.
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