CL BERLIN 2 DEL POLIGONO INDUSTRIAL CAN TORRELLA (VACARISSES). Ver mapa
Comercializacion, distribucion,importacion, exportacion de masterbatches de color y aditivos para las industrias dedicadas a la fabricacion de cables finales y extrusion de pvc.
CNAE 4669 - Comercio al por mayor de otra maquinaria y equipo
B66348137
31/07/2014
10 años
30.000,00 €
1M €
Barcelona
Administrador único
Información sobre balances y cuentas de resultados de EOX MASTERBATCHES SL depositados en el Registro Mercantil de Barcelona en los últimos ejercicios.
Ejercicio Disponibilidad | Consultar en Axesor | |||||
Consultar en Axesor |
Entidad | Relación | Entidad/Relación | Desde | Hasta |
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Gali Reyes Oriol | Apod. Solid. | Gali Reyes Oriol Apod. Solid. | 05/09/2014 | |
Yebenes Sola Xavier | Adm. Unico | Yebenes Sola Xavier Adm. Unico | 03/09/2014 |
Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por EOX MASTERBATCHES SL o en los que participa indirectamente.
Anuncio de fusión
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43, 44 y 49de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las sociedades mercantiles (en adelante, "LME"), se hace público que el socio único de la sociedad "Galloplast, S.L.U.", ejerciendo las funciones propias de la Junta General de la sociedad, con fecha 28 de junio de 2019, aprobó la fusión por absorción impropia de las sociedades íntegramente participadas "Sundiris, S.L.U." y "EOX Masterbatches, S.L.U." (Sociedades Absorbidas), a favor de la sociedad "Galloplast, S.L.U." (Sociedad Absorbente).
La fusión por absorción supone la integración de la totalidad del patrimonio empresarial de las Sociedades Absorbidas, que quedarán disueltas y extinguidas sin liquidación, en favor de la Sociedad Absorbente, quien adquiere por sucesión a título universal todos los bienes, derechos y obligaciones integrantes de aquella. Los activos y pasivos transmitidos a la Sociedad Absorbente se recogen en el Proyecto de Fusión aprobado.
De conformidad con lo dispuesto en los arts. 49 y 52 LME, al tratarse de una fusión especial impropia, no es necesario el aumento de capital de la Sociedad Absorbente, por lo que el patrimonio neto de las Sociedades Absorbidas se integrará como reserva voluntaria en la Sociedad Absorbente.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 y 49 LME, el acuerdo de fusión se ha adoptado sin la necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley, y sin informe de los administradores, al haberse adoptado por decisión del socio único de la Sociedad Absorbente.
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 43.1 y 44 de la LME, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes a solicitar el texto íntegro del acuerdo de fusión aprobado y de los balances de fusión. Asimismo, se hace constar expresamente el derecho de oposición a la operación de fusión por absorción especial impropia que asiste a los acreedores de las sociedades participantes dentro del plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del ultimo anuncio del acuerdo por el que se aprueba la fusión, todo ello en los términos previstos en los artículos 43 y 44 de la LME.
Madrid, 15 de noviembre de 2019.- Eduardo Navarro Zamora, representante persona física de la sociedad "Unnox Inversiones, S.L.U.", Administradora única de "Galloplast, S.L.U." (Sociedad Absorbente) - y Oriol Galí Reyes, Administrador único de "Sundiris, S.L.U." y de "EOX Masterbatches, S.L.U." (Sociedades Absorbidas).
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Absorbida |
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En cumplimiento de lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que el socio único de la sociedad "SUNDIRIS, S.L.U", ejerciendo las competencias de la Junta General, ha decidido el día 30 de junio de 2017 la fusión de "SUNDIRIS, S.L.U." (sociedad absorbente) y "EOX MASTERBATCHES, S.L.U." (sociedad absorbida), mediante la integración de la totalidad del patrimonio empresarial de la sociedad absorbida, que quedará disuelta y extinguida sin liquidación, en favor de la sociedad absorbente, quien adquiere por sucesión a título universal todos los bienes, derechos y obligaciones integrantes de aquella, tal y como se recoge en el correspondiente proyecto de fusión redactado y suscrito por los administradores de las citadas sociedades en 31 de mayo de 2017. Asimismo, se deja constancia de que los balances de fusión de las sociedades intervinientes cerrados a fecha de 31 de diciembre de 2016 fueron aprobados el 30 de junio de 2017.
De conformidad con el art. 42 LME, la fusión por absorción se ha adoptado sin publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la LME al haber sido adoptados los acuerdos de fusión de forma unánime por el socio único de la sociedad absorbente.
Al tratarse de una fusión por absorción en que la sociedad absorbente es titular directo de todas las participaciones sociales en que se divide el capital social de la sociedad absorbida, no resultan preceptivos las menciones 2.ª, 6.ª, 9.ª y 10.ª del art. 31 LME, el aumento de capital de la sociedad absorbente, los informes de Administradores y expertos sobre el proyecto de fusión ni que la fusión se apruebe por la junta general de la sociedad absorbida.
De conformidad con el art. 43 LME, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de fusión. Los acreedores de cada una de las sociedades podrán oponerse a la fusión en el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio de fusión. Igualmente, de acuerdo con el art. 42.2 LME, se hace constar el derecho que corresponde a los representantes de los trabajadores de las sociedades participantes de la fusión a examinar en el domicilio social de cada sociedad copia íntegra de los documentos de la fusión a que hace referencia el art. 39.1. LME, así como a obtener la entrega y envío gratuito de los mismos.
Barcelona, 19 de diciembre de 2017.- El Administrador Único de SUNDIRIS, S.L.U., Oriol Galí Reyes y el Administrador Único de EOX MASTERBATCHES, S.L., Xavier Yébenes Sola.
Absorbente | |
Absorbida |
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Se constituye la empresa con fecha 3 de septiembre de 2014 mediante escritura pública. La empresa se crea con un capital social inicial de 30.000,00 Euros e inicia su actividad el 31 de julio de 2014. El domicilio social en el momento de su constitución se establece en CL BERLIN 2 DEL POLIGONO INDUSTRIAL CAN TORRELLA (VACARISSES). La empresa indica que su actividad es COMERCIALIZACION, DISTRIBUCION,IMPORTACION, EXPORTACION DE MASTERBATCHES DE COLOR Y ADITIVOS PARA LAS INDUSTRIAS DEDICADAS A LA FABRICACION DE CABLES FINALES Y EXTRUSION DE PVC.
Informe axesor 360º | Informe de Crédito | Perfil Comercial de Empresa | |
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EOX MASTERBATCHES SL inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona. Su clasificación nacional de actividades económicas es Comercio al por mayor de otra maquinaria y equipo.
capital social de la empresa es de 30.000,00 euros y tiene una facturación anual entre 1.000.000 y 2.500.000 euros.
EOX MASTERBATCHES SL tiene 2 cargos directivos en activo y 0 cargos directivos históricos.