Cargando...
Fecha publicación
Fuente

Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 07 de julio del 2025 del anuncio de anuncio de fusión y absorción en la empresa ENEL GREEN POWER ESPAÑA SL, inscrito en el Registro Mercantil el día 30 de junio del 2025 con los datos de inscripción Diario: 127 Sección: 2 Pág: 5025 - 5026.


Anuncio de fusión y absorción

ENEL GREEN POWER ESPAÑA SL

En cumplimiento del artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, en su parte de Transposición de directiva de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (en adelante, el RDL 5/ 2023), se hace público que el día 27 de junio de 2025, el socio único de la sociedad Enel Green Power España, S.L.U. (Sociedad Absorbente), aprobó por unanimidad la fusión por absorción de sus sociedades íntegramente participadas Energía Eólica Galerna, S.L.U., Energía Eólica Gregal, S.L.U. y Shark Power, S.L.U. (Sociedades Absorbidas), que se extinguen sin liquidación, con entera transmisión en bloque de su patrimonio a la Sociedad Absorbente, adoptándose este acuerdo en los mismos términos y condiciones del proyecto común de fusión suscrito con fecha 27 de junio de 2025, por los órganos de administración de las sociedades participantes en la fusión.

Al encontrarse Sociedades Absorbidas íntegramente participadas de manera directa por la Sociedad Absorbente, la fusión se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 53 del RDL 5/2023. En consecuencia, no resulta necesaria para esta fusión (i) la inclusión en el proyecto de fusión de las menciones 3, 5, 7 y 8 del artículo 40 del RDL 5/2023; (ii) el informe de expertos sobre el proyecto de fusión; (iii) el informe del órgano de administración; (iv) el aumento de capital de la Sociedad Absorbente, ni (v) la aprobación de la fusión por la Junta General de las Sociedades Absorbidas.

Se hace constar expresamente, a los efectos de lo dispuesto en el artículo 9 en relación con el artículo 6.5 del RDL 5/2023, que las Sociedades Absorbidas no cuentan con trabajadores.

Asimismo, se hace público que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, los socios y los representantes de los trabajadores de la Sociedad Absorbente tienen derecho a examinar en el domicilio social, así como a obtener la entrega o el envío gratuito del texto íntegro de los documentos que han de ser puestos a su disposición conforme a la citada Ley.

De conformidad con lo previsto en el artículo 9 del RDL 5/2023, no ha sido necesaria la publicación y depósito previo de los documentos exigidos por la Ley. Se hace constar expresamente el derecho de los socios y acreedores de las respectivas sociedades a solicitar y obtener gratuitamente el texto íntegro del acuerdo de fusión y del balance de fusión.

Se hace constar igualmente el derecho de protección de los socios y de oposición que asiste a los acreedores de las sociedades, durante el plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio de fusión, en los términos previstos en los artículos 13 del RDL 5/2023.

Madrid, 30 de junio de 2025.- D. Pablo de Mena Pernil secretario y consejero de Enel Green Power España, S.L.U., D. Juan Antonio Tesón Palacios, administrador único de Energía Eólica Galerna, S.L.U. y de Energía Eólica Gregal, S.L.U. y Dña. Noelia Rojo Celemin, administradora única de Shark Power, S.L.U.

Absorbente
Absorbida
Boletín Oficial del Registro Mercantil 
Fecha inscripción: 30/06/2025 Diario: 127 Sección: 2 Pág: 5025 - 5026 

Volver a ENERGIA EOLICA GREGAL SL