Publicación en el Boletín Oficial del Estado del día 22 de febrero del 2016 del anuncio de anuncio juzgado de lo mercantil.
EDICTO
Dña. María Dolores Sánchez Franco, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 12 de Madrid, hago saber:
En este Juzgado se siguen autos de procedimiento Concurso Abreviado 781/2013 siendo la concursada ELECTRONOVO, S.A., con CIF A-78852647, con fecha 8.2.2016, se ha dictado Auto de conclusión por fin de la fase de liquidación cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
1.-Estimando la petición deducida por la Administración concursal, a la que no se ha opuesto ni la concursada ni personados, debo acordar y acuerdo la conclusión del concurso voluntario de ELECTRONOVO, S.A., con CIF A-78852647, consignado bajo el nº 781/2013 que fue declarado por Auto de fecha 12.12.2013 por fin de la fase de liquidación.
2.- El cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.
3.- Quedar el deudor responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso.
4.- Se acuerda la extinción de ELECTRONOVO, S.A., con CIF A-78852647 y el cierre de su hoja de inscripción registral. Expídase por el Sr. Secretario mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Cuenca, para que proceda a la inscripción de la conclusión del concurso, procediendo a su inserción en el portal de internet y al cierre de la hoja de inscripción de la concursada en el Registro.
5.- El cese en su cargo de la administración concursada en su día nombrada.
Dése cumplimiento a lo previsto en el Art. 181 de LC, para el supuesto de que no conste ya efectuado.
Dése cumplimiento al art. 177.3 LC; La resolución firme que acuerde la conclusión del concurso se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de esta Ley y se dará a la misma la publicidad prevista en el segundo párrafo de dicho precepto y en el artículo 24.
Notifíquese este Auto según lo dispuesto a las partes personadas, previniese de que contra él mismo no cabe recurso, de acuerdo a lo dispuesto en el art. 177.1.L.C.
Así lo declaro, mando y firmo en el día de la fecha.
Madrid, 10 de febrero de 2016.- Letrado de la Administración de Justicia.
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