Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 10 de marzo del 2026 del anuncio de anuncio de transformación en la empresa EL BOTE CAPITAL SL, inscrito en el Registro Mercantil el día 04 de marzo del 2026 con los datos de inscripción Diario: 47 Sección: 2 Pág: 899 - 899.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea (el "Real Decreto-ley 5/2023"), se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de EL BOTE CAPITAL, S.L., acordaron por unanimidad el 27 de febrero de 2026 su transformación en Sociedad Anónima (Sociedad de Capital Riesgo), pasando a denominarse EL BOTE CAPITAL, SCR, S.A.
La transformación ha sido acordada por la Junta General Extraordinaria y Universal, ajustándose al proyecto de transformación redactado y suscrito por el administrador único el 22 de octubre de 2025 modificado mediante adenda de 4 de febrero de 2026, aprobándose el balance cerrado a 31 de diciembre de 2025, conforme se detalla en la adenda al proyecto de transformación de la Sociedad, así como el texto de los estatutos sociales, cumpliendo con los requisitos y formalidades establecidos en la Ley de Sociedades de Capital para las sociedades anónimas.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9.1 del Real Decreto-ley 5/2023, se hace constar que se trata de una transformación, aprobada por la Junta General Extraordinaria y Universal, por lo que no resultó necesaria la previa publicación o depósito del proyecto de transformación ni de los restantes documentos exigidos por la Ley.
Igualmente, y por los mismos motivos, se hace constar que tampoco fue necesario publicar el anuncio sobre la posibilidad de formular observaciones al proyecto de transformación previsto en el artículo 7 del Real Decreto-ley 5/2023.
De conformidad con el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de la Sociedad de obtener el texto íntegro del acuerdo de transformación y el balance aprobado.
Madrid, 4 de marzo de 2026.- El administrador único, Dña. Tatiana Langdon Usera.