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Publicación en el Boletín Oficial del Estado del día 20 de marzo del 2014 del anuncio de anuncio juzgado de lo mercantil.


Anuncio Juzgado de lo Mercantil

JUZGADO DE LO MERCANTIL DE BILBAO

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao (Bizkaia),

Anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 553/2012 en el que figura como concursado Educación Técnico Profesional, S.L.L. se ha dictado el 23 de diciembre de 2013 auto declarando concluso el concurso y cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva

1.- Se declara concluso el procedimiento concursal número 553/2012 referente al deudor Educación Técnico Profesional, S.L.L. por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa y se acuerda el archivo de las actuaciones.

2.-Se acuerda el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición del deudor que estuvieran subsistentes.

3.- Se declara que el deudor Educación Técnico Profesional, S.L.L. queda responsable del pago a sus acreedores de la parte de sus créditos no satisfecha.

Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares en tanto no se acuerde de la reapertura del concurso o se declare nuevo concurso.

4.- Se acuerda la extinción de la persona jurídica deudora, procediendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro de Mercantil a cuyo efecto se expedirá mandamiento al citado Registro.

5.- Líbrense mandamientos de cancelación de la inscripción de declaración de concurso a los registros en los que se inscribió dicha declaración.

6.- Anúnciese la resolución en el Boletín Oficial del Estado.

La publicación en el Boletín oficial del estado tendrá carácter gratuito por insuficiencia de bienes y derechos de la masa activa.

7.- Comuníquese la conclusión del concurso a los órganos judiciales administrativos a los que se ordenó la suspensión de los procedimientos de ejecución contra el patrimonio del deudor, a fin de que procedan, en su caso, a su archivo definitivo.

8.- Si dentro del plazo de cinco años aparecieren nuevos bienes o derechos del deudor, se procederá conforme a lo dispuesto en el artículo 179 y siguientes de la LC.

9.- Se declaran aprobadas las cuentas presentadas por la administración concursal.

Contra este auto no cabe recurso alguno (Articulo 177.1 de la LC).

Bilbao, 23 de diciembre de 2013.- La Secretario judicial.

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  • EDUCACION TECNICO PROFESIONAL SLL
Boletín Oficial del Estado 
Fecha inscripción: 23/12/2013  

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