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Datos de EDIFICADORA SUMMA SL

EDIFICADORA SUMMA SL

 915548930   

Objeto social

CNAE 4110 - Promoción inmobiliaria

CIF

B82710625

Fecha constitución

-

Antigüedad

-

Capital social

-

Ventas

0.5M €

Registro

Últimas cuentas depositadas

-



Balances y cuentas de resultados

Información sobre balances y cuentas de resultados de EDIFICADORA SUMMA SL depositados en el Registro Mercantil de en los últimos ejercicios.


Ejercicio
Disponibilidad
Consultar en Axesor
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Anuncios en boletines oficiales

Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por EDIFICADORA SUMMA SL o en los que participa indirectamente.

  • Anuncio de fusión y absorción

    En cumplimiento de lo establecido en el artículo 242 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, por remisión del artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, y demás disposiciones legales aplicables, se hace público que, en ejercicio de las competencias atribuidas a las respectivas Juntas generales de socios de «Grupo Inmobiliario Manara, Sociedad Limitada», y de «Edificadora Summa, Sociedad de Responsabilidad Limitada», celebradas ambas el 18 de marzo de 2008, en sus respectivos domicilios sociales, los socios de las referidas mercantiles acordaron la fusión por absorción de las dos sociedades siendo «Grupo Inmobiliario Manara, Sociedad Limitada» (absorbente), la sociedad absorbente y «Edificadora Summa, Sociedad de Responsabilidad Limitada» la sociedad absorbida. La sociedad absorbida se disuelve sin liquidación, con la entera transmisión en bloque de su patrimonio a la absorbente, que adquiere, a título universal, todos los derechos y obligaciones de la absorbida. La fusión por absorción se adoptó en base del proyecto de fusión de 10 de marzo de 2008, depositado en el Registro Mercantil de Madrid el día 18 de marzo 2008 y con aprobación como Balance de escisión el balance cerrado al 31 de diciembre de 2007. La fusión tendrá efectos contables a partir del 1 de enero de 2008. No se otorgarán derechos especiales a socios, ni ventajas al órgano de administración ni a demás intervinientes en la fusión y se acuerda someter la fusión al régimen especial previsto en el título VII, capítulo VIII, del Real Decreto Legislativo 4/2004, por la que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades. Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores a obtener el texto íntegro del acuerdo y del balance de escisión.

    Asimismo, al tratarse de Juntas universales y, por tanto, no haberse publicado convocatoria de la misma asiste a los socios y a los representantes de los trabajadores, de haberlos, el derecho a examinar en el domicilio social, los documentos a que se refiere la Ley de Sociedades Anónimas. Durante el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo, los acreedores de las sociedades que se fusionan podrán oponerse a la fusión por absorción en la forma establecida por el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.

    Madrid, 26 de marzo de 2008.-Por los Administradores únicos de «Grupo Inmobiliario Manara Sociedad Limitada», Alberto Martín de Lucio, y de «Edificadora Summa Sociedad de Responsabilidad Limitada», Jesús Martín Sánchez.-16.184. y 3.ª 4-4-2008

    Absorbente
    Absorbida
    • EDIFICADORA SUMMA SL
    Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil 
    Fecha inscripción: 26/03/2008. Núm. 16184. Diario: 065 Sección: R Pág: 10347 - 10347 
  • Anuncio de fusión y absorción

    En cumplimiento de lo establecido en el artículo 242 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, por remisión del artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, y demás disposiciones legales aplicables, se hace público que, en ejercicio de las competencias atribuidas a las respectivas Juntas generales de socios de «Grupo Inmobiliario Manara, Sociedad Limitada», y de «Edificadora Summa, Sociedad de Responsabilidad Limitada», celebradas ambas el 18 de marzo de 2008, en sus respectivos domicilios sociales, los socios de las referidas mercantiles acordaron la fusión por absorción de las dos sociedades siendo «Grupo Inmobiliario Manara, Sociedad Limitada» (absorbente), la sociedad absorbente y «Edificadora Summa, Sociedad de Responsabilidad Limitada» la sociedad absorbida. La sociedad absorbida se disuelve sin liquidación, con la entera transmisión en bloque de su patrimonio a la absorbente, que adquiere, a título universal, todos los derechos y obligaciones de la absorbida. La fusión por absorción se adoptó en base del proyecto de fusión de 10 de marzo de 2008, depositado en el Registro Mercantil de Madrid el día 18 de marzo 2008 y con aprobación como Balance de escisión el balance cerrado al 31 de diciembre de 2007. La fusión tendrá efectos contables a partir del 1 de enero de 2008. No se otorgarán derechos especiales a socios, ni ventajas al órgano de administración ni a demás intervinientes en la fusión y se acuerda someter la fusión al régimen especial previsto en el título VII, capítulo VIII, del Real Decreto Legislativo 4/2004, por la que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades. Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores a obtener el texto íntegro del acuerdo y del balance de escisión.

    Asimismo, al tratarse de Juntas universales y, por tanto, no haberse publicado convocatoria de la misma asiste a los socios y a los representantes de los trabajadores, de haberlos, el derecho a examinar en el domicilio social, los documentos a que se refiere la Ley de Sociedades Anónimas. Durante el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo, los acreedores de las sociedades que se fusionan podrán oponerse a la fusión por absorción en la forma establecida por el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.

    Madrid, 26 de marzo de 2008.-Por los Administradores únicos de «Grupo Inmobiliario Manara Sociedad Limitada», Alberto Martín de Lucio, y de «Edificadora Summa Sociedad de Responsabilidad Limitada», Jesús Martín Sánchez.-16.184. 2.ª 3-4-2008

    Absorbente
    Absorbida
    • EDIFICADORA SUMMA SL
    Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil 
    Fecha inscripción: 26/03/2008. Núm. 16184. Diario: 064 Sección: R Pág: 10205 - 10205 
  • Anuncio de fusión y absorción

    En cumplimiento de lo establecido en el artículo 242 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, por remisión del artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, y demás disposiciones legales aplicables, se hace público que, en ejercicio de las competencias atribuidas a las respectivas Juntas generales de socios de «Grupo Inmobiliario Manara, Sociedad Limitada», y de «Edificadora Summa, Sociedad de Responsabilidad Limitada», celebradas ambas el 18 de marzo de 2008, en sus respectivos domicilios sociales, los socios de las referidas mercantiles acordaron la fusión por absorción de las dos sociedades siendo «Grupo Inmobiliario Manara, Sociedad Limitada» (absorbente), la sociedad absorbente y «Edificadora Summa, Sociedad de Responsabilidad Limitada» la sociedad absorbida. La sociedad absorbida se disuelve sin liquidación, con la entera transmisión en bloque de su patrimonio a la absorbente, que adquiere, a título universal, todos los derechos y obligaciones de la absorbida. La fusión por absorción se adoptó en base del proyecto de fusión de 10 de marzo de 2008, depositado en el Registro Mercantil de Madrid el día 18 de marzo 2008 y con aprobación como Balance de escisión el balance cerrado al 31 de diciembre de 2007. La fusión tendrá efectos contables a partir del 1 de enero de 2008. No se otorgarán derechos especiales a socios, ni ventajas al órgano de administración ni a demás intervinientes en la fusión y se acuerda someter la fusión al régimen especial previsto en el título VII, capítulo VIII, del Real Decreto Legislativo 4/2004, por la que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades. Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores a obtener el texto íntegro del acuerdo y del balance de escisión.

    Asimismo, al tratarse de Juntas universales y, por tanto, no haberse publicado convocatoria de la misma asiste a los socios y a los representantes de los trabajadores, de haberlos, el derecho a examinar en el domicilio social, los documentos a que se refiere la Ley de Sociedades Anónimas. Durante el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo, los acreedores de las sociedades que se fusionan podrán oponerse a la fusión por absorción en la forma establecida por el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.

    Madrid, 26 de marzo de 2008.-Por los Administradores únicos de «Grupo Inmobiliario Manara Sociedad Limitada», Alberto Martín de Lucio, y de «Edificadora Summa Sociedad de Responsabilidad Limitada», Jesús Martín Sánchez.-16.184.

    Absorbente
    Absorbida
    • EDIFICADORA SUMMA SL
    Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil 
    Fecha inscripción: 26/03/2008. Núm. 16184. Diario: 063 Sección: R Pág: 10096 - 10097 

Informes comerciales Axesor

Informe axesor 360ºInforme de CréditoPerfil Comercial de Empresa
Importe de ventas y número de empleadosIncluye Importe de ventas y número de empleadosIncluye Importe de ventas y número de empleadosIncluye Importe de ventas y número de empleados
Información mercantil y comercialIncluye Información mercantil y comercial
Completa
Incluye Información mercantil y comercial
Completa
Incluye Información mercantil y comercial
Básica
Administradores y dirigentesIncluye Administradores y dirigentesIncluye Administradores y dirigentesIncluye Administradores y dirigentes
Solo dirigentes
Empresas relacionadas
(accionistas, participadas,…)
Incluye Empresas relacionadas (accionistas, participadas,…)Incluye Empresas relacionadas (accionistas, participadas,…)No incluye Empresas relacionadas (accionistas, participadas,…)
Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pagoIncluye Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pagoIncluye Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pagoIncluye Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pago
Impagos (RAI y Asnef Empresas) e incidencias judicialesIncluye Impagos (RAI y Asnef Empresas) e incidencias judicialesIncluye Impagos (RAI y Asnef Empresas) e incidencias judicialesIncluye Impagos (RAI y Asnef Empresas) e incidencias judiciales
Balance y cuenta de pérdidas y gananciasIncluye Balance y cuenta de pérdidas y ganancias
Completo
Incluye Balance y cuenta de pérdidas y ganancias
Extracto
Incluye Balance y cuenta de pérdidas y ganancias
Ratios y magnitudes económico-financierasIncluye Ratios y magnitudes económico-financieras
Completo
Incluye Ratios y magnitudes económico-financieras
Extracto
Incluye Ratios y magnitudes económico-financieras
Representación gráfica de empresas relacionadasIncluye Representación gráfica de empresas relacionadasIncluye Representación gráfica de empresas relacionadasIncluye Representación gráfica de empresas relacionadas
Comparativa del balance con la media del sectorIncluye Comparativa del balance con la media del sectorIncluye Comparativa del balance con la media del sectorIncluye Comparativa del balance con la media del sector
Estado de flujos de efectivo y de cambios en el patrimonio netoIncluye Estado de flujos de efectivo y de cambios en el patrimonio netoIncluye Estado de flujos de efectivo y de cambios en el patrimonio netoIncluye Estado de flujos de efectivo y de cambios en el patrimonio neto
Fuentes de financiación y avalesIncluye Fuentes de financiación y avalesIncluye Fuentes de financiación y avalesIncluye Fuentes de financiación y avales
Subvenciones, concursos/subastas públicas y marcasIncluye Subvenciones, concursos/subastas públicas y marcasIncluye Subvenciones, concursos/subastas públicas y marcasIncluye Subvenciones, concursos/subastas públicas y marcas
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EDIFICADORA SUMMA SL es una empresa . Su clasificación nacional de actividades económicas es Promoción inmobiliaria.

La empresa tiene una facturación anual inferior a 500.000 euros.