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Madrid
Información sobre balances y cuentas de resultados de DUN & BRADSTREET ESPAÑA SA depositados en el Registro Mercantil de Madrid en los últimos ejercicios.
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Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por DUN & BRADSTREET ESPAÑA SA o en los que participa indirectamente.
(En liquidación)
Se hace constar que la Junta Universal Extraordinaria de accionistas de esta sociedad, celebrada el 28 de noviembre de 2005 aprobó la liquidación de la sociedad con el siguiente Balance final de liquidación a 28 de noviembre de 2005:
Euros
Activo:
Tesorería
452.287,54
Total Activo
452.287,54
Pasivo:
Capital social
842.688,00
Reservas estatutarias
3.110,00
Otras reservas
327.878,15
Resultados de ejercicios anteriores
-857.136,31
Pérdidas y ganancias
135.747,70
Total Pasivo
452.287,54
Madrid, 28 de noviembre de 2005.-El Liquidador único, don Francesco Eigido de Risi.-61.285.
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En cumplimiento de lo ordenado en el artículo 263 de la Ley de Sociedades Anónimas, se informa que la Junta General Universal Extraordinaria de Accionistas de la sociedad, en reunión celebrada el día 28 de febrero de 2005, adoptó el acuerdo de disolución de la compañía y consiguiente apertura del período de liquidación, que se transcribe a continuación:
«Primero: Disolución y liquidación de la sociedad. Se acuerda disolver la sociedad por la causa prevista en el apartado 1 del Artículo 260 de la Ley de Sociedades Anónimas. Como consecuencia de la disolución así acordada, se da por abierto el periodo de liquidación de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 266 de la Ley de Sociedades Anónimas. Asimismo, cesa desde este instante la representación del Administrador Único de la Sociedad para suscribir nuevos contratos y contraer nuevas obligaciones en nombre y representación de aquélla.» Asimismo, se acordó el cese del Administrador Único de la Sociedad y, en los términos legalmente previstos, se procedió a la designación de don Francesco Egidio de Risi como Liquidador de la compañía.
Madrid, 16 de marzo de 2005.-El Liquidador, don Francesco Egidio de Risi.-37.418.
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Anuncio de escisión I. Aprobación de la escisión: En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 254 y 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la Junta General Extraordinaria de Accionistas de Dun & Bradstreet España, Sociedad Anónima ("Sociedad Escindida") celebrada en Madrid el día 24 de agosto de 2004 y que el Socio Único de Magente Servicios Informáticos, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal ("Sociedad Beneficiaria") por decisión adoptada en Madrid el mismo día, acordaron la escisión parcial de la Sociedad Escindida en virtud de la cual se segrega el negocio consistente en los servicios de información sobre créditos, ventas, márketing y gestión desarrollados en España por la Sociedad Escindida, que constituye una unidad económica independiente de esta última, en favor de la Sociedad Beneficiaria. La escisión parcial ha traído consigo los correspondientes aumento y reducción de capital, por las oportunas cuantías, en la Sociedad Beneficiaria y en la Sociedad Escindida, respectivamente.
El acuerdo de escisión ha sido adoptado conforme al Proyecto de Escisión Parcial redactado y suscrito por los administradores únicos de la Sociedad Escindida y de la Sociedad Beneficiaria y cuyo depósito quedó efectuado en el Registro Mercantil de Madrid en fecha 23 de agosto de 2004, habiéndose practicado las correspondientes notas marginales en el mismo.
II. Derechos de información y oposición: De conformidad con lo previsto en los artículos 254 y 242 de la Ley de Sociedades Anónimas se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de cada una de las sociedades que participan en la escisión, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de escisión.
Asimismo, de conformidad con lo previsto en los artículos 254 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de la Sociedad Beneficiaria y de la Sociedad Escindida de oponerse a la escisión durante el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio de escisión, en los términos señalados en los referidos artículos y en el artículo 166 del mismo texto legal.
En Madrid, 25 de agosto de 2004.-Don Francesco Egidio De Risi, Administrador Único de la Sociedad Escindida.-Don Juan María Sainz Muñoz, Administrador Único de la Sociedad Beneficiaria.-41.340. y 3.a 30-8-2004.
Escindida |
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Beneficiaria |
Anuncio de escisión I. Aprobación de la escisión: En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 254 y 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la Junta General Extraordinaria de Accionistas de Dun & Bradstreet España, Sociedad Anónima ("Sociedad Escindida") celebrada en Madrid el día 24 de agosto de 2004 y que el Socio Único de Magente Servicios Informáticos, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal ("Sociedad Beneficiaria") por decisión adoptada en Madrid el mismo día, acordaron la escisión parcial de la Sociedad Escindida en virtud de la cual se segrega el negocio consistente en los servicios de información sobre créditos, ventas, márketing y gestión desarrollados en España por la Sociedad Escindida, que constituye una unidad económica independiente de esta última, en favor de la Sociedad Beneficiaria. La escisión parcial ha traído consigo los correspondientes aumento y reducción de capital, por las oportunas cuantías, en la Sociedad Beneficiaria y en la Sociedad Escindida, respectivamente.
El acuerdo de escisión ha sido adoptado conforme al Proyecto de Escisión Parcial redactado y suscrito por los administradores únicos de la Sociedad Escindida y de la Sociedad Beneficiaria y cuyo depósito quedó efectuado en el Registro Mercantil de Madrid en fecha 23 de agosto de 2004, habiéndose practicado las correspondientes notas marginales en el mismo.
II. Derechos de información y oposición: De conformidad con lo previsto en los artículos 254 y 242 de la Ley de Sociedades Anónimas se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de cada una de las sociedades que participan en la escisión, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de escisión.
Asimismo, de conformidad con lo previsto en los artículos 254 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de la Sociedad Beneficiaria y de la Sociedad Escindida de oponerse a la escisión durante el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio de escisión, en los términos señalados en los referidos artículos y en el artículo 166 del mismo texto legal.
En Madrid, 25 de agosto de 2004.-Don Francesco Egidio De Risi, Administrador Único de la Sociedad Escindida.-Don Juan María Sainz Muñoz, Administrador Único de la Sociedad Beneficiaria.-41.340. 2.a 27-8-2004.
Escindida |
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Beneficiaria |
Anuncio de escisión I. Aprobación de la escisión: En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 254 y 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la Junta General Extraordinaria de Accionistas de Dun & Bradstreet España, Sociedad Anónima ("Sociedad Escindida") celebrada en Madrid el día 24 de agosto de 2004 y que el Socio Único de Magente Servicios Informáticos, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal ("Sociedad Beneficiaria") por decisión adoptada en Madrid el mismo día, acordaron la escisión parcial de la Sociedad Escindida en virtud de la cual se segrega el negocio consistente en los servicios de información sobre créditos, ventas, márketing y gestión desarrollados en España por la Sociedad Escindida, que constituye una unidad económica independiente de esta última, en favor de la Sociedad Beneficiaria. La escisión parcial ha traído consigo los correspondientes aumento y reducción de capital, por las oportunas cuantías, en la Sociedad Beneficiaria y en la Sociedad Escindida, respectivamente.
El acuerdo de escisión ha sido adoptado conforme al Proyecto de Escisión Parcial redactado y suscrito por los administradores únicos de la Sociedad Escindida y de la Sociedad Beneficiaria y cuyo depósito quedó efectuado en el Registro Mercantil de Madrid en fecha 23 de agosto de 2004, habiéndose practicado las correspondientes notas marginales en el mismo.
II. Derechos de información y oposición: De conformidad con lo previsto en los artículos 254 y 242 de la Ley de Sociedades Anónimas se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de cada una de las sociedades que participan en la escisión, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de escisión.
Asimismo, de conformidad con lo previsto en los artículos 254 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de la Sociedad Beneficiaria y de la Sociedad Escindida de oponerse a la escisión durante el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio de escisión, en los términos señalados en los referidos artículos y en el artículo 166 del mismo texto legal.
En Madrid, 25 de agosto de 2004.-Don Francesco Egidio De Risi, Administrador Único de la Sociedad Escindida.-Don Juan María Sainz Muñoz, Administrador Único de la Sociedad Beneficiaria.-41.340. 1.a 26-8-2004.
Escindida |
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Beneficiaria |
Reducción de capital social A los efectos de lo dispuesto en el artículo 165 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la Junta general de accionistas de "Dun & Bradstreet España, Sociedad Anónima", acordó, con fecha 31 de mayo de 2001, reducir el capital social en la cifra de setecientos dos millones cuarenta y dos mil cuatrocientas cuatro (702.042.404) pesetas, quedando cifrado en ciento cuarenta millones setecientas cuarenta y cinco mil quinientas noventa y seis (140.745.596) pesetas, con la finalidad de restablecer el equilibrio entre el capital social y el patrimonio de la Sociedad.
Conforme a lo previsto en el artículo 163 de la Ley de Sociedades Anónimas, la reducción de capital se lleva a cabo mediante la disminución del valor nominal de todas y cada una de las acciones que integran el capital social, que pasan de tener un valor nominal unitario de mil (1.000) pesetas a tener un valor nominal unitario de ciento sesenta y siete (167) pesetas, esto es, una reducción del valor nominal de ochocientas treinta y tres (833) pesetas por acción.
Conforme a lo previsto en el artículo 167 de la Ley de Sociedades Anónimas, los acreedores de la sociedad no podrán oponerse a la reducción de capital acordada.
Por otro lado, se quiere hacer constar que con posterioridad a la reducción de capital anteriormente prevista y en la misma Junta general de accionistas de 31 de mayo de 2001, se acordó la redenominación del capital social a euros y ajustar el valor nominal de las acciones mediante una reducción de capital, quedando fijado dicho capital social en ochocientos cuarenta y dos mil setecientos ochenta y ocho (842.788) euros, representado por ochocientas cuarenta y dos mil setecientas ochenta y ocho (842.788) acciones de un (1) euro de valor nominal.
Madrid, 11 de febrero de 2002.-El Administrador único.-5.126.
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