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Publicación en el Boletín Oficial del Estado del día 12 de febrero del 2014 del anuncio de anuncio juzgado de lo mercantil.


Anuncio Juzgado de lo Mercantil

JUZGADO DE LO MERCANTIL DE BILBAO

El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao (Bizkaia) anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 492/07 referente al concursado DRUCKGUSS IBERICA, S.L., con NIF B48463723, por Sentencia de fecha 16 de diciembre de 2013 dictada en el incidente concursal del artículo 140 número 892/13 se ha acordado lo siguiente:

Fallo

1.- Estimar íntegramente la impugnación de la Administración Concursal de la entidad REFINERÍA DE ALUMINIO IGORRE, S.L., representada por la Procuradora de los Tribunales doña Beatriz Amann Quincoces; frente a la entidad DRUCKGUSS IBERICA, S.L., representada por el Procurador de los Tribunales don Alfonso Legorburu y Ortiz de Urbina.

2.- Se declara el incumplimiento del convenio de acreedores aprobado entre la entidad DRUCKGUSS IBERICA, S.L., y sus acreedores, con rescisión del mismo, y desaparición respecto a los créditos de todos los efectos previstos en el artículo 136 LECO.

3.- Se declara finalizada la fase de convenio y se abre la fase de liquidación, convirtiéndose en ese sentido la sección quinta.

4.- Se suspenden las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC.

5.- Se acuerda reponer a la administración concursal, que se cesó en la sentencia de aprobación del convenio, lo que se comunicará a sus integrantes, quienes en el plazo de quince días presentarán un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa de la concursada, conforme a lo dispuesto en el artículo 148.

6.- Se declara disuelta la entidad concursada, cesando en su función sus administradores sociales, que serán sustituidos por la administración concursal.

7.- Se declaran vencidos anticipadamente los créditos concursales aplazados y se acuerda la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

8.- Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios del Juzgado, y se publicarán en el Boletín Oficial del Estado. La publicación en el boletín Oficial del Estado tendrá carácter gratuito por insuficiencia de bienes y derechos del concursado y de la masa activa.

9.- Inscríbase, así mismo, en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación y disolución de la persona jurídica, librándose los oportunos mandamientos.

10.- Apertúrese, de nuevo, la sección sexta de calificación del concurso en relación al incumplimiento del convenio, en la que cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse y ser parte, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

11.- Notifíquese esta resolución a la concursada, a las demás partes personadas y a los cesados integrantes de la administración concursal.

12.- Se imponen las costas a la parte demandada.

Bilbao (Bizkaia), 17 de diciembre de 2013.- El Secretario Judicial.

Empresa
  • DRUCKGUSS IBERICA SL
Boletín Oficial del Estado 
Fecha inscripción: 17/12/2013  

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