Publicación en el Boletín Oficial del Estado del día 12 de marzo del 2009 del anuncio de anuncio juzgado de lo mercantil.
Don Carlos Sánchez Abella, Secretario del Juzgado Mercantil número uno de Santa Cruz de Tenerife.
En el procedimiento Concursal número 38/08, de la Entidad Domar Domingo Trujillo, Sociedad Limitada, se ha dictado Auto de fecha 17 de Febrero de 2009, cuyos puntos principales de la parte dispositiva son del tenor literal siguiente:
".......Parte Dispositiva
2º.- Declarar en situación legal de Concurso Voluntario Ordinaria a la Sociedad "Domar Domingo Trujillo, Sociedad Limitada", de nacionalidad española, C.I.F B-38603239, con domicilio en polígono Industrial Valle de Güimar, manzana 5, parcela 5, Arafo, constituida por tiempo indefinido en escritura de fecha 27 de julio de 2000, autorizada por el Notario que fue de Santa Cruz de Tenerife, don José María Delgado Bello, bajo el número 2821 de protocolo, inscrita en Tomo 2050 de la sección general, folio 133, Hoja TF-24130, inscripción 1ª.
11º.- Llámese, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 21.5º, 84 y 85 de la Ley Concursal, a todos los acreedores de la Entidad-deudora, para que en el plazo de un mes a contar desde la última de las publicaciones acordadas en este Auto, comuniquen a la Administración Concursal la existencia de sus créditos, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, escrito que ha de presentarse en el juzgado Decano de este Partido Judicial. Y en el que se expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda y caso de invocarse un privilegio especial, los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, datos registrales, acompañado de los originales de los documentos relativos al crédito, de la representación en su caso alegada y, una copia de todo ello.
15º.- Las personas legitimadas conforme a la Ley Concursal, para personarse en el procedimiento deben ponerlo por medio de Procurador y asistidos de letrado a salvo lo que dispone la Ley de procedimiento Laboral para la representación y defensa de los trabajadores.
19º.- El presente Auto, producirá sus efectos de inmediato, y será ejecutivo aunque no sea firme la presente resolución.
Notifíquese la presente resolución a las partes personadas y demás interesados, haciéndoles saber que de conformidad con lo establecido en el artículo 197 de la Ley Concursal, contra la misma cabe interponer recurso de reposición ante este mismo Jugado en el plazo de cinco días, sin que dicha interposición produzca los efectos de suspensión del presente procedimiento.
Así lo acuerda, manda y firma doña María Olga Martín Alonso, Magistrada-Juez del Juzgado Mercantil número 1 de Santa Cruz de Tenerife. Doy fe.
La Magistrada-Juez El Secretario:............."
Y para que sirva de notificación a todos los interesados, mediante su fijación en el tablón de anuncios de este juzgado, su publicación en el Boletín Oficial del Estado y periódico-diario "El Día", extiendo y firmo la presente en
Santa Cruz de Tenerife, 17 de febrero de 2009.- El/la Secretario.
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