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Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 12 de junio del 2008 del anuncio de anuncio de escisión en la empresa , inscrito en el Registro Mercantil el día 03 de junio del 2008 con los datos de inscripción .


Anuncio de escisión

Anuncio de escisión parcial

La Junta General Extraordinaria y Universal de Accionistas de Distribuidores Técnicos Concesionarios, S. A., celebrada el día 2 de junio de 2008 aprobó por unanimidad de los accionistas asistentes, la escisión parcial de la sociedad Distribuidores Técnicos Concesionarios, S. A., mediante la segregación de una parte de su patrimonio, a favor de la entidad de nueva creación Vara Alegría, S. L., quien adquirirá por sucesión, a título particular, todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio segregado. La escisión se ha acordado sobre la base del Proyecto de Escisión parcial formulado por los administradores con fecha 30 de octubre de 2007, con aprobación del Balance de escisión cerrado a 26 de octubre de 2007. Dicho proyecto de escisión ha quedado depositado en el Registro Mercantil de Valencia el día 4 de diciembre de 2007. La fecha a partir de la cual las operaciones de la unidad económica de la sociedad escindida que se segrega habrán de considerarse realizadas, a efectos contables, por cuenta de la sociedad beneficiaria de la escisión a la que traspasa su patrimonio, será el día siguiente al de la fecha de la efectiva inscripción en el Registro Mercantil de la escritura de escisión. No existen en la Sociedad titulares de acciones de clases especiales ni derechos especiales distintos de las acciones, no procede otorgar derechos por este concepto en la nueva sociedad beneficiaria. Igualmente no se contemplan ventajas de ninguna índole.

El presente anuncio se publica a los efectos del artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas advirtiéndose expresamente que los socios y acreedores de la sociedad tienen derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de escisión. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, los acreedores de las sociedades que participan en la escisión podrán oponerse a la misma, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, en el plazo de un mes, contado a partir de la fecha del último anuncio del acuerdo de escisión.

Valencia, 3 de junio de 2008.-El Secretario del Consejo de Administración, Primo Vara Grimaldos.-38.501. y 3.ª 12-6-2008

Escindida
  • DISTRIBUIDORES TECNICOS CONCESIONARIOS SA
Beneficiaria
Boletín Oficial del Registro Mercantil 
Fecha inscripción: 03/06/2008  

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