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Datos de DISTON'S SL

DISTON'S SL

Objeto social

CIF

no disponible

Fecha constitución

-

Antigüedad

-

Capital social

-

Ventas

0.5M €

Registro

Valencia

Últimas cuentas depositadas

-



Balances y cuentas de resultados

Información sobre balances y cuentas de resultados de DISTON'S SL depositados en el Registro Mercantil de Valencia en los últimos ejercicios.


Ejercicio
Disponibilidad
2019
3 horas
2020
3 horas
2021
3 horas
2022
3 horas
2023
3 horas
Consultar en Axesor
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Productos, Marcas y Nombres Comerciales

DISTON'S, S.A
VerNombre Comercial caducada

Anuncios en boletines oficiales

Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por DISTON'S SL o en los que participa indirectamente.

  • Anuncio de escisión

    A efectos de lo establecido en los artículos 242 y 254 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas generales universales de socios celebradas todas ellas el 30 de diciembre de 2000, han acordado, por unanimidad, la escisión total y extinción de "Edificios Hoyos, Sociedad Limitada", con disolución sin liquidación de esta sociedad, tras la división de su patrimonio en tres partes, cada una de las cuales constituye una rama de actividad de arrendamiento inmobiliaria y se traspasa en bloque a las entidades "Diston's, Sociedad Limitada", "Hoyos García, Sociedad Limitada" y "Hoyos Sanchís, Sociedad Limitada", respectivamente.

    La escisión fue aprobada en los términos del proyecto de escisión depositado en el Registro Mercantil de Valencia, aprobándose a tal fin el Balance de escisión cerrado el día 15 de diciembre de 2000.

    Se hace constar haberse cumplimentado lo dispuesto en el artículo 238 de la Ley de Sociedades Anónimas.

    Según el proyecto y el acuerdo adoptado, la escisión tendrá efectos contables a partir del día 31 de diciembre de 2000.

    De conformidad con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y acreedores a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del Balance de escisión.

    Asimismo, tal y como establece el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas la escisión no podrá ser realizada antes de que transcurra un mes contado desde la fecha del último anuncio del acuerdo de la Junta general.

    Durante ese plazo los acreedores podrán oponerse a la escisión en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.

    Valencia, 30 de diciembre de 2000.-Los Administradores.-637. y 3.a 12-1-2001.

    Escindida
    Beneficiaria
    Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil 
    Fecha inscripción: 30/12/2000. Núm. 637. Diario: 009 Sección: R Pág: 1007 - 1007 

    Anuncio de escisión

    A efectos de lo establecido en los artículos 242 y 254 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas generales universales de socios de las entidades "Inmobiliaria Valle Ballestera, Sociedad Limitada", "Diston's, Sociedad Limitada" y "Santinuria, Sociedad Limitada", celebradas todas ellas el 30 de diciembre de 2000, han acordado, por unanimidad, la escisión total y extinción de "Inmobiliaria Valle Ballestera, Sociedad Limitada", con disolución sin liquidación de esta sociedad, tras la división de su patrimonio en dos partes, cada una de las cuales constituye una rama de actividad de arrendamiento inmobiliario y se traspasa en bloque a las entidades "Diston's, Sociedad Limitada" y "Santinuria, Sociedad Limitada", respectivamente.

    La escisión fue aprobada en los términos del proyecto de escisión depositado en el Registro Mercantil de Valencia, aprobándose a tal fin el Balance de escisión cerrado el día 15 de diciembre de 2000.

    Se hace constar haberse cumplimentado lo dispuesto en el artículo 238 de la Ley de Sociedades Anónimas.

    Según el proyecto y el acuerdo adoptado, la escisión tendrá efectos contables a partir del día 31 de diciembre de 2000.

    De conformidad con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y acreedores a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del Balance de escisión.

    Asimismo, tal y como establece el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas la escisión no podrá ser realizada antes de que transcurra un mes contado desde la fecha del último anuncio del acuerdo de la junta general.

    Durante ese plazo los acreedores podrán oponerse a la escisión en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.

    Valencia, 30 de diciembre de 2000.-Los Administradores.-635. y 3.a 12-1-2001.

    Escindida
    Beneficiaria
    Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil 
    Fecha inscripción: 30/12/2000. Núm. 635. Diario: 009 Sección: R Pág: 1009 - 1009 
  • Anuncio de escisión

    A efectos de lo establecido en los artículos 242 y 254 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas generales universales de socios celebradas todas ellas el 30 de diciembre de 2000, han acordado, por unanimidad, la escisión total y extinción de "Edificios Hoyos, Sociedad Limitada", con disolución sin liquidación de esta sociedad, tras la división de su patrimonio en tres partes, cada una de las cuales constituye una rama de actividad de arrendamiento inmobiliaria y se traspasa en bloque a las entidades "Diston's, Sociedad Limitada", "Hoyos García, Sociedad Limitada" y "Hoyos Sanchís, Sociedad Limitada", respectivamente.

    La escisión fue aprobada en los términos del proyecto de escisión depositado en el Registro Mercantil de Valencia, aprobándose a tal fin el Balance de escisión cerrado el día 15 de diciembre de 2000.

    Se hace constar haberse cumplimentado lo dispuesto en el artículo 238 de la Ley de Sociedades Anónimas.

    Según el proyecto y el acuerdo adoptado, la escisión tendrá efectos contables a partir del día 31 de diciembre de 2000.

    De conformidad con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y acreedores a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del Balance de escisión.

    Asimismo, tal y como establece el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas la escisión no podrá ser realizada antes de que transcurra un mes contado desde la fecha del último anuncio del acuerdo de la Junta general.

    Durante ese plazo los acreedores podrán oponerse a la escisión en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.

    Valencia, 30 de diciembre de 2000.-Los Administradores.-637. 2.a 11-1-2001.

    Escindida
    Beneficiaria
    Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil 
    Fecha inscripción: 30/12/2000. Núm. 637. Diario: 008 Sección: R Pág: 948 - 948 

    Anuncio de escisión

    A efectos de lo establecido en los artículos 242 y 254 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas generales universales de socios de las entidades "Inmobiliaria Valle Ballestera, Sociedad Limitada", "Diston's, Sociedad Limitada" y "Santinuria, Sociedad Limitada", celebradas todas ellas el 30 de diciembre de 2000, han acordado, por unanimidad, la escisión total y extinción de "Inmobiliaria Valle Ballestera, Sociedad Limitada", con disolución sin liquidación de esta sociedad, tras la división de su patrimonio en dos partes, cada una de las cuales constituye una rama de actividad de arrendamiento inmobiliario y se traspasa en bloque a las entidades "Diston's, Sociedad Limitada" y "Santinuria, Sociedad Limitada", respectivamente.

    La escisión fue aprobada en los términos del proyecto de escisión depositado en el Registro Mercantil de Valencia, aprobándose a tal fin el Balance de escisión cerrado el día 15 de diciembre de 2000.

    Se hace constar haberse cumplimentado lo dispuesto en el artículo 238 de la Ley de Sociedades Anónimas.

    Según el proyecto y el acuerdo adoptado, la escisión tendrá efectos contables a partir del día 31 de diciembre de 2000.

    De conformidad con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y acreedores a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del Balance de escisión.

    Asimismo, tal y como establece el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas la escisión no podrá ser realizada antes de que transcurra un mes contado desde la fecha del último anuncio del acuerdo de la junta general.

    Durante ese plazo los acreedores podrán oponerse a la escisión en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.

    Valencia, 30 de diciembre de 2000.-Los Administradores.-635. 2.a 11-1-2001.

    Escindida
    Beneficiaria
    Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil 
    Fecha inscripción: 30/12/2000. Núm. 635. Diario: 008 Sección: R Pág: 950 - 950 
  • Anuncio de escisión

    A efectos de lo establecido en los artículos 242 y 254 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas generales universales de socios celebradas todas ellas el 30 de diciembre de 2000, han acordado, por unanimidad, la escisión total y extinción de "Edificios Hoyos, Sociedad Limitada", con disolución sin liquidación de esta sociedad, tras la división de su patrimonio en tres partes, cada una de las cuales constituye una rama de actividad de arrendamiento inmobiliaria y se traspasa en bloque a las entidades "Diston's, Sociedad Limitada", "Hoyos García, Sociedad Limitada" y "Hoyos Sanchís, Sociedad Limitada", respectivamente.

    La escisión fue aprobada en los términos del proyecto de escisión depositado en el Registro Mercantil de Valencia, aprobándose a tal fin el Balance de escisión cerrado el día 15 de diciembre de 2000.

    Se hace constar haberse cumplimentado lo dispuesto en el artículo 238 de la Ley de Sociedades Anónimas.

    Según el proyecto y el acuerdo adoptado, la escisión tendrá efectos contables a partir del día 31 de diciembre de 2000.

    De conformidad con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y acreedores a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del Balance de escisión.

    Asimismo, tal y como establece el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas la escisión no podrá ser realizada antes de que transcurra un mes contado desde la fecha del último anuncio del acuerdo de la Junta general.

    Durante ese plazo los acreedores podrán oponerse a la escisión en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.

    Valencia, 30 de diciembre de 2000.-Los Administradores.-637. 1.a 10-1-2001.

    Escindida
    Beneficiaria
    Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil 
    Fecha inscripción: 30/12/2000. Núm. 637. Diario: 007 Sección: R Pág: 815 - 815 

    Anuncio de escisión

    A efectos de lo establecido en los artículos 242 y 254 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas generales universales de socios de las entidades "Inmobiliaria Valle Ballestera, Sociedad Limitada", "Diston's, Sociedad Limitada" y "Santinuria, Sociedad Limitada", celebradas todas ellas el 30 de diciembre de 2000, han acordado, por unanimidad, la escisión total y extinción de "Inmobiliaria Valle Ballestera, Sociedad Limitada", con disolución sin liquidación de esta sociedad, tras la división de su patrimonio en dos partes, cada una de las cuales constituye una rama de actividad de arrendamiento inmobiliario y se traspasa en bloque a las entidades "Diston's, Sociedad Limitada" y "Santinuria, Sociedad Limitada", respectivamente.

    La escisión fue aprobada en los términos del proyecto de escisión depositado en el Registro Mercantil de Valencia, aprobándose a tal fin el Balance de escisión cerrado el día 15 de diciembre de 2000.

    Se hace constar haberse cumplimentado lo dispuesto en el artículo 238 de la Ley de Sociedades Anónimas.

    Según el proyecto y el acuerdo adoptado, la escisión tendrá efectos contables a partir del día 31 de diciembre de 2000.

    De conformidad con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y acreedores a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del Balance de escisión.

    Asimismo, tal y como establece el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas la escisión no podrá ser realizada antes de que transcurra un mes contado desde la fecha del último anuncio del acuerdo de la junta general.

    Durante ese plazo los acreedores podrán oponerse a la escisión en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.

    Valencia, 30 de diciembre de 2000.-Los Administradores.-635. 1.a 10-1-2001.

    Escindida
    Beneficiaria
    Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil 
    Fecha inscripción: 30/12/2000. Núm. 635. Diario: 007 Sección: R Pág: 818 - 818 

Informes comerciales Axesor

Informe axesor 360ºInforme de CréditoPerfil Comercial de Empresa
Importe de ventas y número de empleadosIncluye Importe de ventas y número de empleadosIncluye Importe de ventas y número de empleadosIncluye Importe de ventas y número de empleados
Información mercantil y comercialIncluye Información mercantil y comercial
Completa
Incluye Información mercantil y comercial
Completa
Incluye Información mercantil y comercial
Básica
Administradores y dirigentesIncluye Administradores y dirigentesIncluye Administradores y dirigentesIncluye Administradores y dirigentes
Solo dirigentes
Empresas relacionadas
(accionistas, participadas,…)
Incluye Empresas relacionadas (accionistas, participadas,…)Incluye Empresas relacionadas (accionistas, participadas,…)No incluye Empresas relacionadas (accionistas, participadas,…)
Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pagoIncluye Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pagoIncluye Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pagoIncluye Categoría crediticia y probabilidad de incumplimiento de pago
Impagos (RAI y Asnef Empresas) e incidencias judicialesIncluye Impagos (RAI y Asnef Empresas) e incidencias judicialesIncluye Impagos (RAI y Asnef Empresas) e incidencias judicialesIncluye Impagos (RAI y Asnef Empresas) e incidencias judiciales
Balance y cuenta de pérdidas y gananciasIncluye Balance y cuenta de pérdidas y ganancias
Completo
Incluye Balance y cuenta de pérdidas y ganancias
Extracto
Incluye Balance y cuenta de pérdidas y ganancias
Ratios y magnitudes económico-financierasIncluye Ratios y magnitudes económico-financieras
Completo
Incluye Ratios y magnitudes económico-financieras
Extracto
Incluye Ratios y magnitudes económico-financieras
Representación gráfica de empresas relacionadasIncluye Representación gráfica de empresas relacionadasIncluye Representación gráfica de empresas relacionadasIncluye Representación gráfica de empresas relacionadas
Comparativa del balance con la media del sectorIncluye Comparativa del balance con la media del sectorIncluye Comparativa del balance con la media del sectorIncluye Comparativa del balance con la media del sector
Estado de flujos de efectivo y de cambios en el patrimonio netoIncluye Estado de flujos de efectivo y de cambios en el patrimonio netoIncluye Estado de flujos de efectivo y de cambios en el patrimonio netoIncluye Estado de flujos de efectivo y de cambios en el patrimonio neto
Fuentes de financiación y avalesIncluye Fuentes de financiación y avalesIncluye Fuentes de financiación y avalesIncluye Fuentes de financiación y avales
Subvenciones, concursos/subastas públicas y marcasIncluye Subvenciones, concursos/subastas públicas y marcasIncluye Subvenciones, concursos/subastas públicas y marcasIncluye Subvenciones, concursos/subastas públicas y marcas
AccederAccederAcceder

DISTON'S SL es una empresa inscrita en el Registro Mercantil de Valencia.

La empresa tiene una facturación anual entre 500.000 y 1.000.000 euros.