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Publicación en el Boletín Oficial del Estado del día 31 de julio del 2012 del anuncio de anuncio juzgado de lo mercantil.


Anuncio Juzgado de lo Mercantil

JUZGADO DE LO MERCANTIL DE ALICANTE

Doña Pilar Solanot Garcia, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante,

Por el presente hago saber: Que en el procedimiento Concurso Abreviado - 000370/2010 - K sobre declaración de concurso de la mercantil Dextra Asesores, S.L.P., con domicilio en Avenida L'Aigüera, 1, Benidorm y CIF número B53421053, se ha dictado Auto de fecha 13-07-12, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguente:

Acuerdo:

1.- Declarar íntegramente cumplido el convenio aprobado por sentencia de fecha 6 de octubre de 2011.

2.- Dar la publicidad a la presente resolución por medio de edictos que se insertarán con la mayor urgencia en el Registro Público Concursal, en el BOE y en el tablón de anuncios de este tribunal.

3.- Expedir, en virtud de lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley Concursal, los despachos siguientes:

1º.- Registro Mercantil de Alicante, para constancia en la inscripción correspondiente al concursado significándole que remita las certificaciones correspondientes a los registros de bienes en los que el concursado tiene registrados sus bienes como ya se efectuó con la declaración de concurso, conforme a lo dispuesto en el artículo 323 del Reglamento del Registro Mercantil.

4.- Entregar los despachos expedidos al efecto al Procurador, Sra. Bieco Marín, Francisca, a los fines de que se encargue de su diligenciado y gestión.

5.- Hacer constar en los edictos que se publiquen que cualquier acreedor que estime incumplido el convenio en lo que le afecte podrá solicitar del juez la declaración de incumplimiento pudiendo ejercitarse la acción desde que se produzca el incumplimiento, caducando la misma a los dos meses contados desde la publicación del auto de cumplimiento al que se refiere el artículo 139 de la LC, sustanciándose la impugnación por el trámite de los incidentes concursales.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 451 y 452 de la LECn).

Y para que sirva de publicación en el BOE, expido el presente.

Alicante, 19 de julio de 2012.- La Secretaria Judicial.

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  • DEXTRA ASESORES SL
Boletín Oficial del Estado 
Fecha inscripción: 19/07/2012  

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