LA REALIZACION DE SERVICIOS Y ACTUACIONES RELACIONADOS CON EL ASESORAMIENTO PROFESIONAL EN SUS FACETAS JURIDICAS, LABORAL, FISCAL, CONTABLE, ECONOMICA, ORGANIZATIVA Y DE DIRECCION
CNAE 7022 - Otras actividades de consultoría de gestión empresarial
B73432726
14/03/2006
19 años
-
0.5M €
Murcia
-
Resumen cronológico de actos publicados en las ediciones digitales de Boletines Oficiales (BORME, BOE, BOPI) inscritos por DESPACHO JURIDICO ANGEL A. GARCIA LOPEZ SL o en los que participa indirectamente.
La Agencia Estatal de la Administración Tributaria ha dictado baja provisional en el óndice de entidades porqué los débitos tributarios de la entidad con la Hacienda pública del Estado han sido declarados fallidos o no haber presentado la declaración del impuesto de sociedades correspondiente a tres períodos impositivos consecutivos. Se cierra la hoja registral de la sociedad no pudióndose practicar ninguna inscripción.
Anuncio de escisión total
La Junta General de socios de «Bo y García, Sociedad Limitada», con carácter universal, el día 1 de abril de 2006, acordó por unanimidad la escisión total , con extinción de la misma, mediante su disolución sin liquidación, y el traspaso a título universal de todo su patrimonio social a las sociedades beneficiarias preexistentes: «Mariano Bo Sánchez Abogados Sociedad Limitada Unipersonal» y «Despacho Jurídico Ángel A García López Sociedad Limitada» (que aceptan el neto patrimonial recibido y acuerdan ampliar su capital para atender a la ecuación de canje de la escisión) , conforme al proyecto de escisión total suscrito por el Órgano de Administración de la sociedad escindida y por los Órganos de administración de las sociedades beneficiarias, en fecha 1 de abril de 2006, y depositado en el Registro Mercantil de Murcia el día 6 de marzo de 2007. Se hace constar expresamente el derecho de los socios y acreedores de las sociedades de obtener el texto integro del acuerdo de escisión adoptado y del Balance de Escisión, los cuales se encuentran a su disposición en el domicilio social de dichas entidades.
Igualmente se anuncia el derecho que asiste a los acreedores de la sociedad escindida de oponerse a la escisión durante el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio de escisión, en los términos previstos en los artículos 166 y 243 de la Ley de Sociedad Anónimas.
Murcia, 21 de marzo de 2007.-Mariano Bo Sánchez y Ángel Antonio García López, Administradores solidarios de «Bo y García, Sociedad Limitada»; Mariano Bo Sánchez, Administrador único de «Mariano Bo Sánchez Abogados, Sociedad Limitada Unipersonal», y Ángel Antonio García López, Administrador único de «Despacho Jurídico Ángel A García López, Sociedad Limitada.».-18.770. 2.ª 12-4-2007.
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Anuncio de escisión total
La Junta General de socios de «Bo y García, Sociedad Limitada», con carácter universal, el día 1 de abril de 2006, acordó por unanimidad la escisión total , con extinción de la misma, mediante su disolución sin liquidación, y el traspaso a título universal de todo su patrimonio social a las sociedades beneficiarias preexistentes: «Mariano Bo Sánchez Abogados Sociedad Limitada Unipersonal» y «Despacho Jurídico Ángel A García López Sociedad Limitada» (que aceptan el neto patrimonial recibido y acuerdan ampliar su capital para atender a la ecuación de canje de la escisión) , conforme al proyecto de escisión total suscrito por el Órgano de Administración de la sociedad escindida y por los Órganos de administración de las sociedades beneficiarias, en fecha 1 de abril de 2006, y depositado en el Registro Mercantil de Murcia el día 6 de marzo de 2007. Se hace constar expresamente el derecho de los socios y acreedores de las sociedades de obtener el texto integro del acuerdo de escisión adoptado y del Balance de Escisión, los cuales se encuentran a su disposición en el domicilio social de dichas entidades.
Igualmente se anuncia el derecho que asiste a los acreedores de la sociedad escindida de oponerse a la escisión durante el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio de escisión, en los términos previstos en los artículos 166 y 243 de la Ley de Sociedad Anónimas.
Murcia, 21 de marzo de 2007.-Mariano Bo Sánchez y Ángel Antonio García López, Administradores solidarios de «Bo y García, Sociedad Limitada»; Mariano Bo Sánchez, Administrador único de «Mariano Bo Sánchez Abogados, Sociedad Limitada Unipersonal», y Ángel Antonio García López, Administrador único de «Despacho Jurídico Ángel A García López, Sociedad Limitada.».-18.770. 2.ª 12-4-2007.
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Anuncio de escisión total
La Junta General de socios de «Bo y García, Sociedad Limitada», con carácter universal, el día 1 de abril de 2006, acordó por unanimidad la escisión total , con extinción de la misma, mediante su disolución sin liquidación, y el traspaso a título universal de todo su patrimonio social a las sociedades beneficiarias preexistentes: «Mariano Bo Sánchez Abogados Sociedad Limitada Unipersonal» y «Despacho Jurídico Ángel A García López Sociedad Limitada» (que aceptan el neto patrimonial recibido y acuerdan ampliar su capital para atender a la ecuación de canje de la escisión) , conforme al proyecto de escisión total suscrito por el Órgano de Administración de la sociedad escindida y por los Órganos de administración de las sociedades beneficiarias, en fecha 1 de abril de 2006, y depositado en el Registro Mercantil de Murcia el día 6 de marzo de 2007. Se hace constar expresamente el derecho de los socios y acreedores de las sociedades de obtener el texto integro del acuerdo de escisión adoptado y del Balance de Escisión, los cuales se encuentran a su disposición en el domicilio social de dichas entidades.
Igualmente se anuncia el derecho que asiste a los acreedores de la sociedad escindida de oponerse a la escisión durante el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio de escisión, en los términos previstos en los artículos 166 y 243 de la Ley de Sociedad Anónimas.
Murcia, 21 de marzo de 2007.-Mariano Bo Sánchez y Ángel Antonio García López, Administradores solidarios de «Bo y García, Sociedad Limitada»; Mariano Bo Sánchez, Administrador único de «Mariano Bo Sánchez Abogados, Sociedad Limitada Unipersonal», y Ángel Antonio García López, Administrador único de «Despacho Jurídico Ángel A García López, Sociedad Limitada.».-18.770. 1.ª 11-4-2007.
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DESPACHO JURIDICO ANGEL A. GARCIA LOPEZ SL inscrita en el Registro Mercantil de Murcia. Su clasificación nacional de actividades económicas es Otras actividades de consultoría de gestión empresarial.
La empresa tiene una facturación anual inferior a 500.000 euros.