Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 16 de agosto del 2011 del anuncio de anuncio de escisión en la empresa , inscrito en el Registro Mercantil el día 28 de julio del 2011 con los datos de inscripción Diario: 155 Sección: C Pág: 30943 - 30943.
Con fecha 30 de junio de 2011, la Junta General de Socios de "J. y J. de Abajo, S.L." (Sociedad Escindida) acordó por unanimidad la escisión total de dicha sociedad, que se extinguirá con división de todo su patrimonio en dos partes, cada una de las cuales se transmitirá en bloque, por sucesión universal, a las sociedades beneficiarias: "De Abajo Rico Living, S.L.", sociedad preexistente, que recibirá los inmuebles de la Sociedad Escindida, los pasivos a dichos inmuebles vinculados y diversos activos financieros, y "J. y J. de Abajo, S.L.", sociedad de nueva creación, que recibirá los activos y pasivos y recursos humanos de la Sociedad Escindida relacionados con la actividad de fabricación de muebles de cocina y que se subrogará en su denominación a la Sociedad Escindida, de acuerdo con el artículo 418.2 del Reglamento del Registro Mercantil.
Se hace constar que la presente escisión total se acoge al régimen especial previsto en el artículo 42 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), por remisión del artículo 73.1 de la misma, y no son de aplicación a la presente escisión total las normas generales que sobre el proyecto y el balance de escisión se establecen en la Sección 2.ª y 3.ª del Título II de la LME; así como tampoco las normas relativas a la información sobre la escisión previstas en el artículo 39 de la LME, ni las relativas a la adopción del acuerdo de escisión, a la publicación de la convocatoria de la junta y a la comunicación, en su caso, a los socios del proyecto de escisión previstas en los apartados 1 y 2 del artículo 40 de la LME.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes en la escisión total de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado, así como el balance de escisión total. Se informa igualmente a los señores acreedores que podrán ejercitar su derecho de oposición, que les corresponde, en los términos establecidos en el artículo 44 de la LME.
Medina del Campo (Valladolid), 28 de julio de 2011.- Don Jesús de Abajo Rico, Administrador Solidario de "J. y J. de Abajo, S.L." y de "De Abajo Rico Living, S.L.".
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