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Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 30 de mayo del 2023 del anuncio de anuncio de escisión en la empresa , inscrito en el Registro Mercantil el día 30 de marzo del 2023 con los datos de inscripción Diario: 100 Sección: 2 Pág: 4477 - 4477.


Anuncio de escisión

De conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, LME), se hace público que la sesión de Junta general extraordinaria y universal de la mercantil DBMARK, S.L. (sociedad parcialmente escindida), celebrada el 30 de marzo de 2023, se acordó unánimemente la escisión parcial sin extinción de DBMARK, S.L., mediante la transmisión en bloque de una parte de su patrimonio a favor de una sociedad beneficiaria, de nueva creación, adquiriendo ésta por sucesión a título universal los derechos y obligaciones del patrimonio escindido, adjudicándose sus participaciones sociales a los socios de la sociedad Escindida en la misma proporción y derechos a los que actualmente ostentan en el capital social de DBMARK, S.L.

En el acuerdo de escisión parcial adoptado consta el detalle de los elementos del activo y pasivo que componen el patrimonio escindido que se transmite a la sociedad beneficiaria, y que constituirá una unidad económica autónoma.

Al haberse adoptado el acuerdo de escisión parcial mediante acuerdo unánime de los socios en sesión de Junta extraordinaria y universal de la sociedad escindida, de acuerdo con lo establecido en el artículo 42, 73 y 78 bis de la LME, no es necesario informe de Administradores sobre el Proyecto de escisión ni el informe de expertos independientes, así como tampoco el balance de escisión.

Asimismo, como consecuencia de la escisión parcial, DBMARK, S.L. reducirá su capital social y, consiguientemente, modificará el contenido del artículo 5.º de sus Estatutos sociales, y la sociedad beneficiaria se creará con los recursos propios necesarios en base a los derechos y obligaciones del patrimonio escindido procedente de DBMARK, S.L.

Por último, en virtud de lo establecido en los artículos 43 y 44 de la LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del Balance de escisión; así como el derecho de dichos acreedores a oponerse a la escisión parcial en el plazo de un mes desde la publicación del último anuncio del acuerdo de escisión parcial.

Madrid, 30 de marzo de 2023.- El Administrador solidario, Gabriel Álvarez Álvarez.

Escindida
  • DBMARK SL
Beneficiaria
  • DBMARK SL
Boletín Oficial del Registro Mercantil 
Fecha inscripción: 30/03/2023 Diario: 100 Sección: 2 Pág: 4477 - 4477 

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