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Publicación en el Boletín Oficial del Estado del día 28 de mayo del 2012 del anuncio de anuncio juzgado de lo mercantil.


Anuncio Juzgado de lo Mercantil

JUZGADO DE LO MERCANTIL DE ALICANTE

Edicto

Doña Pilar Solanot García, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante, por el presente

Hago saber: Que en el procedimiento Concurso Ordinario - 000199/2011 - D sobre declaración de concurso de la mercantil Crevisa, S.L., con domicilio social sito en Novelda, calle Sentenero, n.º 97 y C.I.F. número B03158003, se ha dictado auto de fin de la fase común de fecha cinco de marzo de 2012, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

1. Se acuerda poner fin a la fase común.

2. Se decreta la apertura de la fase de liquidación.

3. Se decreta la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el título III de la Ley Concursal.

4. Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquéllos que consistan en otras prestaciones.

5. Procédase a la formación de la Sección Sexta, de calificación del concurso.

Notifíquese la presente resolución al concursado y a todas las partes personadas en el procedimiento, expidiéndose asimismo los pertinentes edictos para general publicidad en los términos de los artículos 23 y 24 LC.

Modo de Impugnación: mediante recurso de Reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de Cinco Días, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 451 y 452 de la LECn).

Conforme a la disposición adicional decimoquinta de la ley Orgánica 1/ 2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, no se admitirá a trámite ningún recurso sin la previa constitución de deposito en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, de 25 euros para la interposición de recursos contra resoluciones que no pongan fin al proceso ni impidan su continuación dictadas por el Juez, Tribunal y/o Secretario judicial; 50 euros si se trata de recurso de apelación contra sentencias o autos que pongan fin al proceso o impidan su continuación; y 30 euros si se trata de recurso de queja.

Queda excluida de la consignación la formulación del recuso de reposición previo al de queja, así como cualquier recurso interpuesto por el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las entidades locales y los organismos autónomos dependientes de todos ellos y quienes tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita.

La exigencia de este depósito es compatible con el devengo de la tasa exigida por el ejercicio de la potestad jurisdiccional.

Al efectuar el ingreso deberá hacerse constar en el campo referido al concepto: "Depósito por Recurso", seguido del código y tipo concreto de recurso de que se trate.

Si el ingreso se efectúa mediante transferencia bancaria, el código y tipo concreto de recurso deberá indicarse justamente después de especificar los 16 dígitos de la cuenta expediente separado por un espacio.

Si se recurriera simultáneamente más de una resolución que pudiera afectar a la misma cuenta expediente deberán hacerse tantos ingresos diferenciados como resoluciones a recurrir, indicando igualmente en el concepto el tipo de recurso de que se trate y añadiendo la fecha de la resolución objeto de recurso con el formato dd/mm/aaaa.

En todo caso deberá acreditar haber constituido el deposito mediante la presentación, junto con el recurso, de copia del resguardo u orden de ingreso.

La consignación se efectuará en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones abierta en este Juzgado. N.º de cuenta: 2732 0000 85 (N.º de demanda) (Año).

Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma don Juan Manuel Obregón Beltrán, Magistrado- Juez del Juzgado de lo Mercantil 2 de Alicante. Doy fe.

El Magistrado-Juez. La Secretaria

Y para que sirva de publicación en el BOE, expido el presente.

Alicante, 5 de marzo de 2012.- La Secretaria Judicial.

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  • CREVISA SL
Boletín Oficial del Estado 
Fecha inscripción: 05/03/2012  

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