Publicación en el Boletín Oficial del Estado del día 13 de mayo del 2014 del anuncio de anuncio juzgado de lo mercantil.
Edicto dando publicidad a la declaración de concurso
Doña María Aránzazu Alameda López, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona,
Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 359/2014, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad CORPORATEJETS XXI, S.A. y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:
Número de asunto: Concurso voluntario 359/2014, sección c2.
NIG del procedimiento: 0801947120138007127.
Entidad concursada: CORPORATEJETS XXI, S.A., con CIF n.º A64262132.
Tipo de concurso: Voluntario ordinario.
Fecha del asunto de declaración: 15 de abril de 2014.
Administradores concursales: Pablo José Ferrándiz Avendaño, con domicilio social en Trav. de Gracia, 18, 5.º 3.ª, 08021 Barcelona, teléfono núm. 932010751, fax núm. 932010752 y correo electrónico administració[email protected]
Facultades del concursado: Intervenido.
Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.
Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 de la Ley Concursal: los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. S i se invocare un privilegio especial se indicaran además, los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales.
También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañara copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.
El plazo será de un mes a contar desde la última de las actuaciones.
Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta secretaria judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.
Barcelona, 16 de abril de 2014.- La Secretaria Judicial.
Empresa |
|