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Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 22 de junio del 2010 del anuncio de anuncio de transformación en la empresa CORPORACION SANT BERNAT SCR DE REGIMEN COMUN SA, inscrito en el Registro Mercantil el día 14 de junio del 2010 con los datos de inscripción Diario: 117 Sección: C Pág: 22995 - 22996.


Anuncio de transformación

CORPORACION SANT BERNAT SCR DE REGIMEN COMUN SA

En virtud de los acuerdos adoptados en la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad de nacionalidad española denominada Corporación Sant Bernat, S.C.R., de Régimen Común, Sociedad Anónima (en adelante, la "Sociedad"), celebrada, con carácter Universal, en fecha 27 de Abril de 2.010, se ha acordado, por unanimidad, la transformación de la misma en Sociedad de Responsabilidad Limitada, pasando a denominarse en consecuencia Corporación Sant Bernat, Sociedad Limitada.

Asimismo, en virtud de la transformación realizada, la Junta General Extraordinaria y Universal de Accionistas de la Sociedad antes calendada ha acordado, igualmente, la sustitución del objeto social de la misma, modificándose en consecuencia el Artículo 2º de los Estatutos Sociales de la Sociedad, cuya redacción será la siguiente:

"Artículo 2º.- Objeto social.

La Sociedad tendrá por objeto:

a) La prestación de los servicios de consultoría y asesoramiento, en los ámbitos económico, estratégico y de gestión, dirección y organización empresarial, tanto a empresas nacionales como extranjeras, con independencia del sector en el que operen, centrando las citadas labores de consultoría y asesoramiento en sus órganos de administración y gobierno y/o en el personal responsable de la dirección y gestión de las mismas.

b) La adquisición, tenencia, administración y gestión de títulos, acciones, participaciones sociales, o cualquier forma de representación de participación en el capital de entidades mercantiles, así como de obligaciones, canjeables o no, bonos comerciales, partes de fundador, bonos de disfrute, valores mobiliarios de renta fija o variable, admitidos o no a cotización en las Bolsas Oficiales, derechos de suscripción de sociedades españolas o extranjeras, incluidos bonos y pagarés del Tesoro, Deuda Pública, letras de cambio y certificados de depósito, todo ello con plena sujeción a la legislación aplicable. Queda en todo caso excluido el desarrollo de actividades sujetas a legislación especial, y en especial, actividades desarrolladas por Instituciones de Inversión Colectiva, así como las reservadas a Agencias de Valores.

c) La adquisición, tenencia, gestión, comercialización, venta, arriendo (excepto el arrendamiento financiero) y explotación de todo tipo de bienes inmuebles, rústicos o urbanos, terrenos, solares, edificios, viviendas, apartamentos, locales, oficinas; la realización de proyectos de edificación; las cimentaciones, excavaciones y derribos de toda naturaleza.

Tales actividades podrán ser desarrolladas por la Sociedad bien de forma directa o bien de cualquier otra forma admitida en derecho, como la participación en calidad de socio y/o accionista en otras entidades de objeto idéntico o análogo.

Si las disposiciones legales exigiesen para el ejercicio de algunas de las actividades comprendidas en el objeto social algún titulo profesional, o autorización administrativa, o inscripción en Registro Público de cualquier clase por estar sometidas a legislación especial, dichas actividades deberán realizarse por medio de persona que ostente dicha titulación profesional, y, en su caso, no podrán iniciarse antes de que se hayan cumplido los requisitos administrativos exigidos.

En el caso de que la Sociedad tuviese que desarrollar alguna actividad propia de las Sociedades profesionales reguladas por la Ley 2/2.007, de 15 de marzo, se desarrollará siempre en régimen de intermediación entre el cliente y los profesionales personas físicas vinculados a la Sociedad que eventualmente presten de manera efectiva esos servicios, de tal manera que la Sociedad no desarrollará nunca por cuenta propia ni entrará nunca dentro del ámbito de aplicación de aquella Ley."

En Barcelona, 14 de junio de 2010.- El Presidente del Consejo de Administración: Ginger, S.L., debidamente representada por don Isidro Abelló Riera.

Boletín Oficial del Registro Mercantil 
Fecha inscripción: 14/06/2010 Diario: 117 Sección: C Pág: 22995 - 22996 

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