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Publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del día 24 de noviembre del 2011 del anuncio de anuncio de fusión y absorción en la empresa , inscrito en el Registro Mercantil el día 22 de noviembre del 2011 con los datos de inscripción .


Anuncio de fusión y absorción

Anuncio de fusión.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 43.1. de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que, en virtud de las decisiones de los Socios Únicos de las compañías "Coptalia, Sociedad Anónima Unipersonal" (Sociedad Absorbente) e "Innovia Integral, Sociedad Anónima Unipersonal" (Sociedad Absorbida), respectivamente, todas ellas de fecha 22 de noviembre de 2011, dichas compañías aprobaron proceder a la fusión de las mismas mediante la absorción de la sociedad "Innovia Integral, Sociedad Anónima Unipersonal" (Sociedad Absorbida) por parte de la sociedad "Coptalia, Sociedad Anónima Unipersonal" (Sociedad Absorbente), adquiriendo la sociedad absorbente, en bloque, por sucesión universal, el patrimonio, derechos y obligaciones de la sociedad absorbida, que quedará disuelta sin liquidación como consecuencia de la fusión por absorción.

Asimismo, se hace constar, expresamente, el derecho de los Socios y de los acreedores de cada una de las Sociedades participantes en la citada fusión, a obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, así como de los respectivos balances de fusión. Del mismo modo se hace constar el derecho de los acreedores que se encuentren en el supuesto del artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, de oponerse a la fusión en los términos y con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión.

Adicionalmente, y en virtud de la fusión, a los efectos del artículo 163 del Reglamento del Registro Mercantil, se hace público que la Sociedad absorbente ampliará su objeto social, modificando en consecuencia el artículo 2 de los Estatutos sociales de la sociedad "Coptalia, Sociedad Anónima Unipersonal", el cual quedará redactado de la siguiente forma:

"Artículo 2º.- Objeto.- Constituye el objeto de la sociedad:

1. Concurrir a los concursos que se convoquen para la gestión de servicios públicos y privados, y gestionar los que fueren adjudicados; prestación de servicios de consultoría y asistencia a las Administraciones Públicas y a particulares; así como la ejecución de contratos de servicios, y de trabajos específicos y concretos no habituales de las Administraciones Públicas.

2. Concurrir a toda clase de licitaciones o procedimiento que tengan por objeto concesiones o adjudicaciones, así como la prestación y ejecución de servicios, por contrata, concesión administrativa o cualquier otra modalidad de contratación pública o privada, con el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones derivadas de las adjudicaciones de esas licitaciones o procedimientos, de conservación, mantenimiento, mejora, limpieza y explotación de infraestructuras civiles, tales como la limpieza de calles, vías públicas, edificios, espacios públicos, pistas, montes, jardines, playas y alcantarillado; higienización, desinfección, desinsectación, desratización, exterminio de animales dañinos y plagas, recogida y transporte de toda clase de residuos urbanos, por incineración o cualquier otro método, tratamiento de lodos, residuos olorosos y residuos radioactivos y ácidos; conservación y mantenimiento de carreteras, pistas, autopistas, autovías, calzadas, vías férreas, mobiliario urbano, montes, jardines, edificios, monumentos y edificios singulares, recintos y servicios públicos; conservación, mantenimiento integral y gestión de cualquier tipo de estaciones depuradoras, redes de agua y alcantarillado, conducciones de líquidos y gases; protección y acondicionamiento medioambiental contra ruidos, vibraciones, contaminación de cualquier clase, contra incendios, accidentes o cualquier riesgo natural o sobrevenido; y cualquier otro servicio de conservación y mantenimiento y mejora de obra de ingeniería, no contemplado en la descripción precedente.

Los servicios de protección y acondicionamiento medioambiental contra ruidos, vibraciones, contaminación de cualquier clase, contra incendios, accidentes o cualquier otro riesgo natural o sobrevenido.

Los servicios de administración o mantenimiento de recintos o servicios públicos tales como cementerios, museos, edificios o inmuebles singulares, y cualquier otro servicio de conservación, mantenimiento, saneamiento, limpieza o similar, público o privado, de interiores o exteriores u otro especializado de cualquier tipo no contemplado en la descripción precedente.

Los servicios de mantenimiento y reparación de equipos e instalaciones informáticos y de telecomunicaciones.

3. La construcción de obras públicas o privadas, incluyendo entre otras, las de construcción de carreteras, vías férreas, aeropuertos, canales, dragados, sondeos, prospecciones, regeneración de playas, encauzamientos de ríos, puentes, centrales hidroeléctricas y redes de abastecimiento y evacuación de aguas, construcción y explotación de estaciones depuradoras, obras de restauración y protección del medio ambiente, corrección del impacto medioambiental.

4. Realizar actividades que en relación a las infraestructuras civiles le sean autorizadas.

5. La promoción, construcción, rehabilitación, venta de edificios y urbanizaciones, su adquisición y venta, y su explotación por cualquier título admitido en derecho; realización de estudios, asesoramiento técnico y prestación de toda clase de servicios relacionados con la construcción y negocio de inmobiliario.

6. La adquisición, mantenimiento y explotación en general de maquinaria adecuada para estos fines, tales como excavadoras, bulldozers, grúas, parque móvil de todo tipo, vehículos todo terreno, dumpers y demás elementos especializados, así como instalaciones fijas o móviles relacionadas o necesarias para llevar a cabo el objeto social.

7. La realización de cualquiera otras actividades técnicas, económicas administrativas o asimiladas derivadas o vinculadas con las anteriores que sean para su desarrollo.

Quedan excluidas del objeto social todas aquellas actividades para cuyo ejercicio la Ley exija requisitos especiales que no quedan cumplidos por esta sociedad, en especial las actividades propias de las entidades de Inversión Colectiva y las del Mercado de Valores.

Asimismo, en virtud del citado precepto, las citadas actividades integrantes del objeto social podrán ser desarrolladas por la Sociedad, total o parcialmente, de modo directo o indirecto, mediante la participación en otras empresas con objeto idéntico o análogo."

Terrassa (Barcelona), 22 de noviembre de 2011.- El Administrador Único de las sociedades "Coptalia, Sociedad Anónima Unipersonal" (Sociedad Absorbente) e "Innovia Integral, Sociedad Anónima Unipersonal" (Sociedad Absorbida), Copcisa Industrial, S.L.U., debidamente representada por don Eloi Carbonell Santacana.

Absorbente
  • COPTALIA SA
Absorbida
Boletín Oficial del Registro Mercantil 
Fecha inscripción: 22/11/2011  

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