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Publicación en el Boletín Oficial del Estado del día 27 de febrero del 2014 del anuncio de anuncio juzgado de lo mercantil.


Anuncio Juzgado de lo Mercantil

JUZGADO DE LO MERCANTIL DE PALMA DE MALLORCA

D. José Luis Garrido de Frutos, Secretario Judicial de Jdo. de lo Mercantil n.º 1 de Palma de Mallorca, por el presente, hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 24/2014 y NIG n.º 07040 47 1 2014 0000041 se ha dictado en fecha 18 de febrero de 2014 auto de declaración de concurso voluntario ordinario del deudor Consultoría Comunicaciones Y Datos Sl, con n.º de CIF B-57100224, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle La Gruta, n,º 1, de Palma de Mallorca.

2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración concursal.

3º.- Se ha designado, como administración concursal al abogado D. Bartolomé Jesús Vidal Pons, con DNI n.º , con domicilio postal en Calle Vilanova, n.º 2, 4.ª A, 07002 de Palma de Mallorca, quien en fecha 24 de febrero de 2014 ha aceptado el cargo.

4º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

Dicha comunicación deberá presentarse ante la administración concursal a la dirección postal: Calle Vilanova, n.º 2, 4.º A, 07002 de Palma de Mallorca, o dirección de correo electrónico [email protected], en el plazo de 1 mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

No se admitirá en el Juzgado comunicación de crédito alguno.

5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art.º 184.3 Ley Concursal).

Palma de Mallorca, 24 de febrero de 2014.- El Secretario Judicial.

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Boletín Oficial del Estado 
Fecha inscripción: 24/02/2014  

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