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Publicación en el Boletín Oficial del Estado del día 14 de febrero del 2011 del anuncio de anuncio juzgado de lo mercantil.


Anuncio Juzgado de lo Mercantil

JUZGADO DE LO MERCANTIL DE OVIEDO

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Oviedo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

Que en la Pieza Anticipada de Convenio número 192/10-01, relativa al deudor Construcciones Oteyp, S.A., con CIF nº A-33053042, con domicilio en c/ Jovellanos, nº 14 - 1º de Oviedo, se ha dictado Sentencia en fecha 24 de enero de 2011 aprobando la propuesta anticipada de convenio presentada por la concursada, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo:

Primero.- Se aprueba, con los efectos previstos en la Ley, la propuesta anticipada de convenio presentada por la concursada Construcciones Oteyp, S.A., acordando el fin de la fase común.

Segundo.- Se acuerda el cese de los efectos de la declaración del concurso sobre las facultades de administración y disposición de los deudores. Así como de los efectos que tal declaración produce en los contratos en los que son partes los concursados y sobre sus acreedores, si bien respecto de estos últimos teniendo en cuenta la vinculación que sobre los mismos produce el convenio aprobado para aquellos a quienes legalmente afecte.

Tercero.- Se acuerda el cese de la Administración Concursal en sus funciones de intervención de las facultades de administración y disposición de las personas físicas concursadas.

Cuarto.- Se concede a la Administración Concursal el plazo de un mes a contar desde la notificación de esta resolución para que proceda a la rendición de cuentas de su gestión.

Quinto.- Requiérase a la concursada, a fin de que, con periodicidad semestral, a partir de la fecha de esta resolución, informe a este Juzgado acerca del cumplimiento del convenio.

Notifíquese esta resolución a la concursada, a la Administración Concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento.

Hágase pública la parte dispositiva de la sentencia aprobatoria del convenio por medio de edictos que se entregarán a la representación procesal de la concursada para que proceda a su inserción con la mayor urgencia en el Boletín Oficial del Estado y en La Nueva España de Oviedo, en la forma y con los requisitos establecidos en el artículo 23 de la Ley Concursal, debiendo dar cuenta a este Juzgado de su diligenciamiento.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley Concursal, expídase y entréguese a la representación procesal de la concursada mandamiento para el Registro Mercantil de Asturias para constancia de la aprobación del convenio, del cese de la intervención de las facultades de administración y disposición, así como del cese de los administradores concursales.

Modo de Impugnación: Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días a partir del siguiente al de su notificación.

Para interponer el recurso a que se refiere el párrafo anterior, es necesario constituir un deposito de 50,00 euros que se consignará en la siguiente cuenta de este Juzgado: 2274 0000 02 019210.

Se debe indicar, en el campo "concepto" que se trata de un ingreso para interponer un recurso de apelación en la pieza "Pac 192/10-01".

Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria, se efectuará en el número de cuenta 0030 1846 42 0005001274 y en el campo "concepto" se insertará lo dispuesto en el apartado anterior y los dieciséis dígitos indiciados igualmente en dicho apartado.

Así lo acuerda, manda y forma el Ilmo. Sr. Don Alfonso Muñoz Paredes, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Oviedo.

Oviedo, 24 de enero de 2011.- La Secretaria Judicial.

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  • CONSTRUCCIONES OTEYP SA
Boletín Oficial del Estado 
Fecha inscripción: 24/01/2011  

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