Publicación en el Boletín Oficial del Estado del día 18 de marzo del 2009 del anuncio de anuncio juzgado de lo mercantil.
EDICTO
La Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 5 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC),
Anuncia:
Que en este Juzgado de lo Mercantil se tramita procedimiento concursal número 877/08, instado por el Procurador don Ludovico Moreno Martin Rico, en nombre y representación de Comercialización Siderúrgica de Metales, S.L., en el cual se ha dictado con fecha 2 de marzo de 2009, auto declarando en concurso al deudor Comercialización Siderúrgica de Metales, S.L., en cuya parte dispositiva constan los siguientes particulares:
"Se declara en concurso voluntario a la entidad 'Comercialización Siderúrgica de Metales, S.L.', con CIF B-83393900, y con domicilio en Avenida de Navalcarnero, 22-A de Griñón (Madrid), representada por el Procurador don Ludovico Martin Rico, con todos los efectos legales inherentes a tal pronunciamiento y, en particular, los siguientes:
Primero.- El deudor conserva, por ahora, las facultades de administración y disposición de su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas respecto a los bienes, derechos y obligaciones que hayan de integrarse en el concurso, a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad.
Segundo.- Se designan administradores concursales al titulado mercantil, don Juan Alonso Muñoz, con domicilio en la calle Marqués de Urquijo, 6 - 5° D, de Madrid, 28008, al abogado don Julio Viñuales Gálvez, con domicilio en la calle Bélgica, 1, portal B - 2° - C, 45005 de Toledo, y al acreedor ordinario 'Ferrocomerciales Elipse, S.L.', con domicilio en la calle Campanas, 3, portal J, 4° A, de Madrid (28054), que deberá designar un profesional en quien concurra la condición de auditor de cuentas, economista o titulado mercantil colegiado, con una experiencia profesional de, al menos, cinco años de ejercicio efectivo, conforme al procedimiento señalado en el apartado 3 del artículo 27 de la Ley Concursal.
Tercero.- Los acreedores concursales deberán poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos, en el plazo de un mes a contar desde la última de las publicaciones que se efectúen en cumplimiento de esta resolución, a cuyo efecto la administración concursal realizará sin demora una comunicación individualizada a cada uno de los acreedores cuya identidad y domicilio conste en el concurso, informándoles de la declaración de éste y del deber de comunicar sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la Ley Concursal."
Asimismo, por el presente, se pone en conocimiento de los acreedores y demás legitimados que deseen comparecer en el procedimiento que deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado, de conformidad con el artículo 184.3 de la Ley Concursal. Sin necesidad de comparecer en forma, podrán, en su caso, comunicar créditos y formular alegaciones, así como asistir e intervenir en la Junta, todo ello sin perjuicio de lo establecido para la representación y defensa de los trabajadores en la Ley de Procedimiento Laboral, incluidas las facultades atribuidas a los graduados sociales y a los sindicatos, y de las Administraciones públicas en la normativa procesal específica. (artículo 184.6 de la Ley Concursal).
Y para su inserción en el Boletín Oficial del Estado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, expido el presente.
Madrid, 2 de marzo de 2009.- La Secretario Judicial.
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